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Corte Suprema

RAMOS JUAN JOSE c/ LR3 RADIO BELGRANO Y OTROS Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS

El actor promovió demanda por daños y perjuicios contra el periodista Eduardo Pablo García (Eduardo Aliverti) por una información difamatoria sobre un funcionario público. El Procurador General de la Nación dictaminó que la Cámara no cumplió con lo ordenado por la Corte Suprema y propuso declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto el nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 194. XXXIV. RHE
Responsabilidad periodistica Difamacion Funcionario publico Real malicia Prueba de posiciones Valoracion de la prueba Recurso extraordinario Recurso de hecho Arbitrariedad Cumplimiento de sentencia de la corte

¿Quién es el actor?

Juan José Ramos.

¿A quién se demanda?

LR3 Radio Belgrano y otros, entre ellos Eduardo Pablo García (Eduardo Aliverti).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reparación de daños y perjuicios derivados de la difusión de una información con virtualidad difamatoria respecto de un funcionario público (intento de coima atribuido al actor).

¿Qué se resolvió?

el Procurador General dictaminó que corresponde declarar procedente el recurso extraordinario y dejar sin efecto el pronunciamiento de la Cámara, por no ajustarse a lo indicado por la Corte Suprema.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La Corte hizo lugar al recurso por considerar arbitraria la valoración de la prueba de posiciones, en perjuicio del demandado. Dejó en claro, entonces, que fue correcto el aludido standard de valoración de la responsabilidad, mas no su juzgamiento concreto con base en la prueba de posiciones producida."

"...la circunstancia de que el demandado haya dicho que él no tenía pruebas, no conduce necesariamente a concluir que conocía la falsedad de la información o que se despreocupó totalmente de su veracidad, como juzgó el a quo."

"...en rigor, considero que, al no haber mediado un dictamen concordante del Ministerio Público, es la propia Corte Suprema quien debe ser la intérprete fiel de sus dichos..."

"...V.E. no confirmó la condena dictada contra Eduardo Pablo García, conocido como Eduardo Aliverti, como se afirma en el fallo recurrido, sino solamente el standard de responsabilidad aplicado, el criterio para su juzgamiento, y no éste en sí mismo..."

Normas que cita

  • CPCCNart. 411 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Ramos Juan José c/ LR3 Radio Belgrano y otrosCSJN · Fallos 253:118
  • Ramos Juan José c/ LR3 Radio Belgrano y otrosCSJN · Fallos 298:548
  • Ramos Juan José c/ LR3 Radio Belgrano y otrosCSJN · Fallos 317:201
  • Ramos Juan José c/ LR3 Radio Belgrano y otrosCSJN · Fallos 311:1334

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