RIAL MARIA JOSEFINA Y OTRO c/ PODER EJECUTIVO DE LA NACION - BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y BANCO BOSTON s/AMPARO
La actora promovió amparo contra el Estado Nacional y el Bank Boston por la conversión a pesos de un depósito a plazo fijo en dólares, afectado por las normas de emergencia de 2002. La Corte Suprema dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Federal de Córdoba, que había declarado inconstitucional la pesificación y ordenado devolver el depósito en dólares, y reconoció el derecho a reintegro en pesos a $1,40 por dólar, ajustado por CER más intereses del 4% anual.
¿Quién es el actor?
María Josefina Rial y Enrique Roque Cordeiro Pinto.
¿A quién se demanda?
Poder Ejecutivo Nacional, Banco Central de la República Argentina y Bank Boston NA.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reintegro de un depósito a plazo fijo en dólares estadounidenses (U$S 678.530, constituido el 14/06/2001, con vencimiento el 20/06/2002, tasa nominal anual del 8,25%, con un importe a cobrar de U$S 735.428,92), afectado por la conversión a pesos dispuesta por la normativa de emergencia (ley 25.561, decreto 214/02 y normas concordantes), cuya inconstitucionalidad se planteó.
¿Qué se resolvió?
Se declararon procedentes los recursos extraordinarios interpuestos por el Estado Nacional y el Bank Boston, y se dejó sin efecto la sentencia apelada. Sin perjuicio de ello, se reconoció el derecho de la actora a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses al 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas abonadas por la entidad durante el pleito y las entregadas por medidas cautelares. Las costas de esta instancia se distribuyeron en el orden causado; las de instancias anteriores se mantuvieron.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte remite, por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas, a los fundamentos y conclusiones de la causa "Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986" (sentencia del 27 de diciembre de 2006). La Cámara Federal de Córdoba había sostenido que la conversión a la paridad del art. 2° del decreto 214/02 mutaba la sustancia del derecho adquirido por el ahorrista, dado que el poder de riqueza de la moneda integra la noción constitucional de propiedad, inviolable y expropiable solo por ley fundada en utilidad pública previa indemnización. El tribunal de alzada había declarado inconstitucional el art. 2, inc. a, del decreto 1570/01, la resolución 6/02 del Ministerio de Economía y el art. 2 del decreto 214/02, ordenando la devolución en dólares o su equivalente en pesos al tipo vendedor del mercado libre de cambios. Cita textual del fallo: "se declara el derecho de la actora a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido en pesos a la relación de $ 1,40 por cada dólar estadounidense, ajustado por el CER hasta el momento de su pago".
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 214art. 2
- Decreto 1570art. 2
- Resolución 6
- Constitución Nacionalart. 17
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 16.986Amparo
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986CSJN · 27/12/2006
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.