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Corte Suprema

GABRIOLO ARMANDO CARLOS c/ RODRIGUEZ MARTIN RAFAEL Y OTRO Y OTRO s/EJECUCION ESPECIAL

El Procurador General de la Nación emitió dictamen en una ejecución hipotecaria regida por la ley 24.441, aconsejando hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y revocar la sentencia apelada. Propone que el expediente vuelva al juzgado de origen para que se sustancie el procedimiento especial previsto por la ley 26.167.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 522. XLII. RHE
Ejecucion hipotecaria Ley 24.441 Ley 26.167 Recurso extraordinario Queja Procuracion general Dictamen Cuestiones sustancialmente analogas Circunstancias sobrevinientes Economia procesal

¿Quién es el actor?

Armando Gabriolo.

¿A quién se demanda?

Martín Rodríguez (según carátula "GABRIOLO, ARMANDO C/ RODRIGUEZ, MART").

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución hipotecaria tramitada por el procedimiento de la ley 24.441 (en la carátula, "EJEC. LEY 24.441"). El expediente corresponde a la S.C. G N° 522, L. XLII.

¿Qué se resolvió?

No hay decisión de la Corte en el documento. Se trata de un dictamen de la Procuración General que aconseja: (a) hacer lugar a la queja; (b) declarar procedente el recurso extraordinario; (c) revocar la sentencia apelada; y (d) devolver las actuaciones al juzgado de origen para que ordene la sustanciación del procedimiento especial de la ley 26.167.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Toda vez que cuestiones sustancialmente análogas a las que son materia de recurso en los presentes actuados, han sido examinadas en la causa: S.C. R. N° 320, L. XLII, caratulada 'Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otro s/ Ejecución hipotecaria', dictaminada por esta Procuración General el día 8 de febrero de 2007, corresponde remitir, en lo pertinente, a los términos y consideraciones allí vertidos, por razones de brevedad."

"En el dictamen precedentemente referido me pronuncié, asimismo, acerca de la constitucionalidad de la ley 26.167, a cuyos argumentos también remito 'brevitatis causae' y por razones de economía procesal, no obstante que esta cuestión no viene debatida en autos por tratarse de una ley posterior a la interposición del recurso."

La decisión contempla circunstancias sobrevinientes: "si en el transcurso del proceso han sido dictadas nuevas normas sobre la materia objeto del litigio, la decisión de la Corte deberá atender también a las modificaciones introducidas por esos dispositivos en tanto configuran circunstancias sobrevinientes de las que no es posible prescindir (cfse. Fallos: 325: 28, 1345, 1440, 2177, 2275; entre otros)."

Se deja abierta la posibilidad de que la Corte "confiera vista a las partes, a fin de que expresen lo que consideren conducente sobre la nueva ley".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Rinaldi, Francisco Augusto y otros c/ Guzmán Toledo, Ronal Constante y otro s/ Ejecución hipotecariaCSJN · 08/02/2007
  • Fallos 325:28CSJN

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