DE LA CALLE SALVADOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Un jubilado reclamó la recomposición de sus haberes previsionales frente a la ANSeS. La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, aplicando los precedentes Sánchez y Pellegrini, confirmó la tasa de interés fijada y modificó el plazo de cumplimiento de la condena.
¿Quién es el actor?
Salvador De la Calle (jubilado).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste y recomposición de los haberes previsionales (movilidad a partir del 31/03/1991, quita porcentual, aplicación de la ley 18.037 arts. 49 y 53, sistema de haberes máximos y tasa de interés).
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios de la parte actora, la demandada y la Fiscal General; revocó la sentencia apelada en lo relativo a la movilidad y a la quita porcentual, con remisión a los precedentes "Sánchez" (Fallos: 328:1602 y 2833) y "Pellegrini" (causa P.1182.XXXIX); confirmó la tasa de interés; y adecuó el plazo de cumplimiento al previsto en el art. 21 de la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios del jubilado referentes a la movilidad que corresponde reconocer a partir del 31 de marzo de 1991, guardan sustancial analogía con los examinados por el Tribunal en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos, solución que exime de tratar la tacha de inconstitucionalidad de la ley 23.928."
"Sus objeciones sobre la aplicación de una quita porcentual suscitan el análisis de cuestiones que han sido resueltas por la Corte en la causa P.1182.XXXIX. 'Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 28 de noviembre de 2006, por lo que también corresponde revocar la sentencia apelada con dicho alcance."
"No se ha demostrado el gravamen producido por los arts. 49 y 53 de la ley 18.037... Tampoco se ha demostrado la incidencia del sistema de haberes máximos, por lo que su cuestionamiento resulta prematuro (conf. Fallos: 326:216 'Panizza')."
"Ha devenido abstracto el tratamiento de los planteos de la ANSeS que se refieren a los arts. 16 y 17 de la ley 24.463... pues la defensa de limitación de recursos ha sido derogada por la ley 26.153, que también modificó el término para cumplir la condena, por lo que sólo cabe adecuar el plazo otorgado por la alzada al allí previsto (art. 21)."
"Las críticas del organismo previsional relacionadas con la tasa pasiva de interés... no resultan eficaces para revertir la decisión adoptada por el a quo, que por otra parte se ajusta al criterio fijado por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ('Spitale')."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 18.037arts. 49, 53, 21 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 28/11/2006
- PanizzaCSJN · Fallos 326:216
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
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