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Corte Suprema

DOMENINO RODOLFO JOSE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos ordinarios de ambas partes en un reclamo de reajuste previsional contra la ANSeS. Revocó la sentencia apelada en cuanto aplicó indebidamente la doctrina de Bieler de Caraballo para el porcentaje de quita, confirmó los intereses según Spitale y modificó el plazo de cumplimiento conforme la ley 26.153.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 407. XXXIX. ROR
Reajuste previsional Haber jubilatorio Confiscatoriedad Quita Tasa pasiva de interes Intereses Ley 26.153 Ley 24.463 Recurso ordinario Anses

¿Quién es el actor?

Rodolfo José Domenino.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

se revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos, se confirmó lo resuelto en cuanto a los intereses según el fallo "Spitale" y se modificó el plazo de cumplimiento conforme la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Habida cuenta la doctrina fijada por el Tribunal en la causa P.1182.XXXIX. 'Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 28 de noviembre de 2006, y tomando en consideración que el actor ha consentido la aplicación de la quita fijada por el juez de grado y sólo discute el mayor porcentaje ordenado por el a quo, corresponde revocar la sentencia apelada en cuanto efectuó una inadecuada aplicación de lo resuelto en Fallos 323:4205 ('Bieler de Caraballo')."

"Las objeciones planteadas por la demandada relacionadas con la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente de Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razones de brevedad."

"Las impugnaciones de la ANSeS vinculadas con el art. 23 de la ley 24.463 ha devenido abstractas, pues el citado artículo ha sido derogado por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia de la última norma mencionada, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21)."

"Los restantes agravios de la ANSeS no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada, por lo que carecen del requisito de fundamentación."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 28/11/2006
  • Bieler de CaraballoCSJN · Fallos 323:4205
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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