REYNOSO DANIEL MARIO c/ TRANSPORTE FRIO SUR S.R.L. s/ART. 39 LRT
La Corte Suprema hizo lugar a la queja y admitió el recurso extraordinario deducido por el trabajador contra la sentencia que, aplicando el precedente Gorosito, había rechazado su demanda por enfermedad accidente contra el empleador. El Tribunal revocó la sentencia por arbitrariedad, al no haberse hecho cargo de defensas conducentes del actor, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Daniel Mario Reynoso.
¿A quién se demanda?
Transporte Frío Sur S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por enfermedad accidente dirigida contra el empleador con sustento en el Código Civil.
¿Qué se resolvió?
la Corte hizo lugar a la queja, admitió el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, con costas, ordenando que se dicte un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto. La resolución se fundó en la mayoría de los ministros; la doctora Argibay adhirió a la solución remitiendo a su voto en el caso "Díaz" y, según su voto, sin pronunciarse expresamente sobre la inconstitucionalidad del art. 39.1 de la Ley 24.557.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, con cita del criterio expuesto por esta Corte en el caso 'Gorosito' (Fallos: 325:11), revocó la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad del art. 39.1 de la Ley de Riesgos del Trabajo (24.557)."
"Que asiste razón a la apelante en materia de arbitrariedad. En efecto, por un lado se advierte que el a quo fundó su sentencia en el citado precedente sin emprender siquiera un mínimo esfuerzo argumentativo que justificara su aplicación al sub lite, pese a que el juez de primera instancia había entendido demostradas las tareas realizadas por el actor y su relación causal con la incapacidad laboral determinada por el perito médico."
"Por el otro, y no obstante lo antedicho, lo decisivo para este caso radica en que omitió hacerse cargo de los fundamentos del trabajador relativos a que su reclamo debía prosperar con prescindencia de la cuestión de constitucionalidad antes aludida, toda vez que se relacionaba con una enfermedad ajena al art. 6 de la ley 24.557, cuya cobertura había sido expresamente rechazada por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo."
"Luego, al estar comprometidas defensas que, prima facie consideradas, resultan conducentes para la debida solución del litigio, corresponde, con arreglo a conocida y permanente jurisprudencia de esta Corte, descalificar la decisión en juego a fin de que las cuestiones soslayadas reciban tratamiento, lo cual no abre juicio sobre su mérito."
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 39.1, 6 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 340
Fallos que cita
- GorositoCSJN · Fallos 325:11
- Díaz, Timoteo Filiberto c/ Daspia S.A.CSJN · 07/03/2006
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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