CASTILLO SOFIA c/ ANSES s/OTROS
La ANSeS interpuso recurso ordinario contra la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que confirmó la devolución de sumas retenidas indebidamente a una pensionada por la reducción unilateral de su haber y la formulación de cargos sin darle participación. La Corte declaró parcialmente procedente el recurso, declaró desierto el agravio sobre la defensa en juicio y confirmó la sentencia en cuanto al plazo de cumplimiento, remitiendo a sus precedentes.
¿Quién es el actor?
Sofía Castillo.
¿A quién se demanda?
ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de resolución administrativa de cargo contra beneficiario; devolución de sumas indebidamente retenidas.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró parcialmente procedente el recurso ordinario de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada, con el alcance surgido de los precedentes "Alfonso", "Leonardini", "Coter" y "Novelli de García Salles".
Antecedentes: La Sala III de la Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a la ANSeS devolver las sumas retenidas. Estimó que la administración, sin dar participación oportuna a las interesadas, redujo en un 50% el haber de la pensión de la concubina del causante, hizo copartícipe a la ex esposa y formuló cargos a la actual titular, lesionando el debido proceso adjetivo y el derecho de defensa en juicio.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 3°: "En el memorial presentado ante esta Corte el organismo previsional formula planteos relacionados con el fondo del asunto pero no se hace cargo de las razones que dieron sustento al fallo que ataca, en particular las relacionadas con la garantía de la defensa en juicio y con la necesaria intervención de las partes involucradas en el proceso previo al dictado de una resolución administrativa, circunstancias que obstan al tratamiento del remedio intentado y llevan a declarar su deserción sobre el punto."
Considerando 4°: "Las impugnaciones vinculadas con el plazo de cumplimiento de la sentencia encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por el Tribunal en los precedentes publicados en Fallos: 323:4004 ("Leonardini"); 324:179 ("Alfonso") y 325:2556 ("Coter"), y en la causa N.317.XXXIX "Novelli de García Salles", del 15 de agosto de 2006, a cuyas consideraciones corresponde remitir por razón de brevedad."
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Normas que cita
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- LeonardiniCSJN · Fallos 323:4004
- AlfonsoCSJN · Fallos 324:179
- CoterCSJN · Fallos 325:2556
- Novelli de García SallesCSJN · 15/08/2006
- Fallos 323:4004CSJN
- Fallos 324:179CSJN
- Fallos 325:2556CSJN
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