JurisprudenciaARG
Corte Suprema

CARABELLI JORGE ALBERTO c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Los actores promovieron acción de amparo contra la ANSeS por la aplicación de la ley de déficit cero y la distribución de costas en el proceso. La Corte Suprema, por unanimidad, declaró procedente el recurso extraordinario de la parte actora en lo relativo a las costas, dejó sin efecto la sentencia de Cámara en ese punto y devolvió los autos para un nuevo pronunciamiento, remitiendo a sus precedentes análogos.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 449. XXXIX. REX
Amparo Ley de deficit cero Devolucion de descuentos Anses Haberes previsionales Distribucion de costas Honorarios Recurso extraordinario Costas en el orden causado Seguridad social

¿Quién es el actor?

Jorge Alberto Carabelli y otros.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Acción de amparo contra la aplicación de la ley de déficit cero, con reclamo de devolución de los montos descontados en sus haberes y cuestionamiento de la distribución de costas.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social había confirmado parcialmente el amparo (declarando la inconstitucionalidad de la ley de déficit cero y ordenando la devolución de los descuentos), pero había modificado la distribución de costas fijándolas en el orden causado y ajustando los honorarios del apoderado. La Corte: (i) declaró inoficioso el recurso extraordinario del Estado Nacional; (ii) declaró procedente el recurso extraordinario de los actores en cuanto a las costas, dejando sin efecto la sentencia apelada en ese punto; (iii) impuso las costas en esta instancia en el orden causado en lo que hace al punto resuelto, y ordenó devolver los autos a la Cámara para que, por la sala que corresponda, dicte un nuevo pronunciamiento sobre la distribución de costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "Que los planteos del Estado Nacional con relación a la ley de déficit cero y a la devolución de los montos descontados por su aplicación, remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en la causa: 'Paniagua, Eulogio c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa – Armada Argentina s/ amparos y sumarísimos' (votos concurrentes), sentencia del 6 de marzo de 2007, cuyos fundamentos se dan por reproducidos en lo pertinente."

Considerando 3°: "Que los agravios de los actores, relacionados con la distribución de las costas, remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 322:464 (precedente: 'De la Horra') y causa: P.1966.XXXIX. 'Parano, José c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', sentencia de fecha 11 de abril de 2006, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, corresponde remitir en razón de brevedad."

Nota: la sentencia se remite a precedentes sin desarrollar argumentación propia; el resolutorio es breve y el fundamento sustancial está en los precedentes citados.

Fallos que cita

  • Paniagua, Eulogio c/ Estado Nacional – Ministerio de Defensa – Armada ArgentinaCSJN · 06/03/2007
  • De la HorraCSJN · Fallos 322:464
  • Parano, José c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimosCSJN · 11/04/2006

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