EGOZCUE MARIA BEATRIZ c/ ANSES s/OTROS
La ANSeS interpuso recurso ordinario contra la sentencia que reconoció a una pensionada el derecho a percibir dos pensiones simultáneas de origen nacional y municipal, en el marco de una impugnación de resolución y medida cautelar. La Corte Suprema declaró parcialmente procedente el recurso, revocó la sentencia de la Cámara y confirmó la de primera instancia, que había rechazado la restitución de una de las pensiones y eximido de cargos por los haberes percibidos de buena fe.
¿Quién es el actor?
María Beatriz Egozcue.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
restitución de una de las dos pensiones que venía percibiendo y que la ANSeS había revocado.
¿Qué se resolvió?
revocar la sentencia de fs. 134/136 de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social y confirmar la de fs. 109/113 del juez de primera instancia. Esto implica que se rechaza la restitución de la pensión revocada, se ordena el reajuste de la prestación municipal subsistente considerando la actividad nacional del causante, y se libera a la actora de formular cargos por los haberes percibidos de buena fe.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En cambio, los planteos vinculados con la formulación de cargos por los importes indebidamente percibidos son fruto de una reflexión tardía. Lo resuelto sobre ese tema por el juez de grado a fs. 109/113 quedó firme pues el ente previsional no expresó agravios ante la cámara al respecto, de modo que resulta improcedente volver sobre un debate clausurado en las instancias anteriores; máxime cuando la solución adoptada concuerda con el criterio fijado por esta Corte en Fallos: 326:3679 ('Rossello') y en la causa B.699.XLI. 'Buenavida, Julia c/ ANSeS s/ prestaciones varias', del 29 de noviembre de 2005."
Respecto del principio de prestación única, el Tribunal remite a las consideraciones de Fallos: 325:2990 ("Etala") y a la causa B.1450.XXXIX. "Bariain, Teresa Amaya c/ ANSeS s/ medidas cautelares" (sentencia del 11 de julio de 2006), por razón de brevedad.
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Normas que cita
- Ley 23.604art. 11 · Jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463art. 19 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- EtalaCSJN · Fallos 325:2990
- Bariain, Teresa Amaya c/ ANSeS s/ medidas cautelaresCSJN · 11/07/2006
- RosselloCSJN · Fallos 326:3679
- Buenavida, Julia c/ ANSeS s/ prestaciones variasCSJN · 29/11/2005
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