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Corte Suprema

ARFELI JOSE OSVALDO Y OTROS c/ ESTADO NACIONAL (MINISTERIO DE DEFENSA) s/PEERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y SEG.

Personal militar en situación de retiro reclamó el carácter remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92. La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios del Estado Nacional y confirmó las sentencias que habían hecho lugar a las demandas, remitiendo a sus precedentes Franco y Freitas Henriques.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 226. XXXVI. REX
Personal militar Retiro militar Adicionales remunerativos Bonificable Decreto 2000/91 Decreto 628/92 Recurso extraordinario Articulo 14 ley 48 Fuerzas armadas Haberes de retiro

¿Quién es el actor?

José Osvaldo Arfeli y otros (personal militar en situación de retiro), junto con los demás actores acumulados en las causas indicadas en el Visto.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional - Ministerio de Defensa.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de los adicionales creados por los decretos 2000/91 y 628/92.

¿Qué se resolvió?

La Corte Suprema declaró admisibles los recursos extraordinarios interpuestos por la demandada, con fundamento en el artículo 14, inciso 1, de la ley 48, y confirmó las sentencias apeladas con el alcance indicado en los precedentes citados. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas guardan sustancial analogía con las resueltas por esta Corte en las causas 'Franco, Rubén Oscar y otros c/ Estado Nacional (Mrio. de Defensa) s/ personal militar y civil de las FF.AA. y de Seguridad' y 'Freitas Henriques, José Eduardo y otros c/ Estado Nacional (Mrio. de Defensa) s/ personal militar y civil de las FF.AA. y de Seguridad', falladas el 19 de agosto y el 5 de octubre de 1999, respectivamente, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, en razón de brevedad." El fallo no desarrolla fundamentos propios: la solución se apoya íntegramente en la remisión a los precedentes mencionados.

Normas que cita

  • Decreto 2000
  • Decreto 628
  • Ley 48arts. 14, inciso 1 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Franco, Rubén Oscar y otros c/ Estado Nacional (Mrio. de Defensa)CSJN · 19/08/1999
  • Freitas Henriques, José Eduardo y otros c/ Estado Nacional (Mrio. de Defensa)CSJN · 05/10/1999

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