S.H. S.A. Y OTS. c/ ING. BA. SUC. ARGEN. Y OTS. s/AMPARO
Los amparistas dedujeron recurso extraordinario federal contra la sentencia de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza que revocó la medida cautelar de no innovar que impedía el remate de acciones y cuotas sociales de sociedades licenciatarias de radiodifusión. La Procuración General opinó que el recurso debe declararse inadmisible, por tratarse de una resolución cautelar que no reviste carácter de sentencia definitiva y por no acreditarse un agravio irreparable.
Actor (amparistas): S.H. S.A. y otros.
¿A quién se demanda?
ING Bank N.V. Sucursal Argentina y Estado Nacional (Presidencia de la Nación).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
declaración de inconstitucionalidad del artículo 39 del Decreto-Ley 15.348/46 (ratificado por Ley 12.962), por considerar que menoscaba el derecho de propiedad (art. 17 CN) y contraviene los artículos 45 y 46 de la Ley 22.285 y la Ley 25.750; y que el Estado Nacional establezca un procedimiento que asegure la participación de oferentes en la subasta de acciones y cuotas de sociedades de radiodifusión.
¿Qué se resolvió?
revocó la sentencia de primera instancia y no hizo lugar a la medida cautelar de no innovar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"una decisión favorable en orden a la medida cautelar, colisionaría directa y claramente con otra emanada del juez nacional en lo Comercial... que entiende en el concurso preventivo de Supercanal Holding S.A."; los argumentos sobre inconstitucionalidad "resulta[n] meramente conjetural[es], careciendo, a su vez, de actualidad o inminencia en la violación a su derecho de propiedad".
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la parte recurrente no logra demostrar que el pronunciamiento que revocó la medida cautelar, le irrogue un perjuicio que permita equipararlo a sentencia definitiva".
Se señala que "se encuentra pendiente de sustanciación el recurso extraordinario presentado por Supercanal Holding S.A." y que la Cámara Nacional en lo Comercial suspendió el incidente en atención al fallo de la Corte del 25 de febrero de 2003.
La caución de U$S 35.000.000 "no fue debidamente fundamentada ni acreditada".
Los agravios sobre pérdida de licencias y valor del remate constituyen "observaciones meramente conjeturales sin apoyatura fáctica".
"no se advierte la existencia, en esta instancia, de gravedad institucional, en tanto la discusión no excede... el marco del interés patrimonial de la parte recurrente".
"V.E. ha establecido que... pesa sobre quien las solicita la carga de acreditar prima facie la existencia de verosimilitud en el derecho invocado y el peligro irreparable en la demora".
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Normas que cita
- Ley 15.348art. 39
- Ley 12.962
- Ley 22.285arts. 45, 46 · Ley de radiodifusion
- Ley 25.750art. 21 · Preservacion bienes y patrimonios culturales
- Ley 24.522Concursos y quiebras
- CCOM
- Constitución Nacionalarts. 17, 18, 28
Fallos que cita
- Supercanal Holding S.A. s/ conc. prev. s/ incidente de suspensión de ejecución de prendaCNCom Sala A · 31/10/2002
- Supercanal Holding S.A. s/ conc. prev. s/ incidente de suspensión de ejecuciónCSJN · 25/02/2003
- Lacustre del Sud S.A. c/ Consejo Agrario Provincial - Provincial de San CruzCSJN · 11/07/2006
- Shell Compañía Argentina de Petróleo S.A. c/ Tucumán, Provincia de s/ acción declarativa de certeza s/ incidente sobre medida cautelarCSJN · 10/05/2005
- Fallos 326:25CSJN
- Fallos 319:1325CSJN
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