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Corte Suprema

RIOS GREGORIO Y PRELLEZO GUSTAVO DANIEL s/ESTAFA - SUSTRACCION DE PERSONA AGRAVADA POR MUERTE VICTIMA - HOMICIDIO (CAUSA N° 2958)

La Procuración General dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja y declarar procedente el recurso extraordinario federal interpuesto por la defensa de Gustavo Daniel Prellezo, condenado a reclusión perpetua. Sostuvo que la declaración de inadmisibilidad del recurso de casación, que desconoció la reserva de recurrir efectuada dentro de plazo, resulta arbitraria y lesiona la garantía de la doble instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 1169. XLII. RHE
Recurso extraordinario federal Arbitrariedad Doble instancia Reserva de recurrir Casacion bonaerense Inadmisibilidad Exceso ritual Defensa en juicio Plazo para recurrir Doctrina casal

¿Quién es el actor?

Gustavo Daniel Prellezo (recurrente, condenado) y Gregorio Ríos (coimputado en la causa)

¿A quién se demanda?

Estado provincial (Provincia de Buenos Aires), a través de sus tribunales

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario federal contra la resolución de la Suprema Corte bonaerense que rechazó los recursos extraordinarios de nulidad e inaplicabilidad de ley contra la inadmisibilidad del recurso de casación.

¿Qué se resolvió?

Dictamen favorable a hacer lugar a la queja y declarar procedente el recurso extraordinario federal; que la Suprema Corte provincial dicte nueva sentencia con revisión integral de la condena.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la jurisdicción local omitió subsanar un error decisivo, señalado oportunamente por el recurrente, como es la presentación que efectuara la defensa durante el plazo legal para impugnar, dando aviso de que interpondría recurso de casación ante el tribunal superior de la condena que se impusiera a Prellezo (escrito de fojas 355 con cargo de la cámara de Dolores)."

"Esta circunstancia que importa el apartamiento de las constancias comprobadas de la causa, por parte de quien debe decidir el litigio, conlleva 'per se' las razones de su descalificación como acto jurisdiccional válido, con base en la conocida doctrina elaborada por V.E. sobre arbitrariedad de sentencias, y puesto que significó una lesión efectiva a la garantía de la doble instancia..."

"...evidencia un rigor formal que justifica la vía intentada con arreglo a la doctrina de la arbitrariedad."

"En consecuencia, considero que la Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires debe dictar una sentencia que permita una revisión integral de la sentencia condenatoria (doctrina del precedente 'Casal', Fallos: 328:3399)."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalart. 18
  • CParts. 54, 55, 172, 142 bis, 80.2 · Codigo penal

Fallos que cita

  • StradaCSJN · Fallos 308:490
  • Di MascioCSJN · Fallos 311:2478
  • Fallos 324:3640CSJN
  • CasalCSJN · Fallos 328:3399

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