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Corte Suprema

RAMIREZ AVILA NICOLAS c/ TRANSPORTE 9 DE JULIO S.A.C. LINEA 109 s/DAÑOS Y PERJUICIOS

Los actores reclamaron indemnización por daños y perjuicios derivados de accidentes de tránsito en los que se vieron involucrados colectivos de transporte público de pasajeros. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, remitiéndose en razón de brevedad a los fundamentos del precedente Risolía de Ocampo dictado el 2 de agosto de 2000.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 374. XXXV. REX
Accidente de transito Danos y perjuicios Transporte publico de pasajeros Responsabilidad civil Recurso extraordinario Remision a precedente Costas Lesiones o muerte Empresas de colectivos Risolia de ocampo

¿Quién es el actor?

Nicolás Ramírez Ávila y los demás actores de las causas acumuladas (entre ellos Altamiranda, Borda de Cañete, Bulffe de Robello, Crisafulli de Ricciardi, Dubra, Dángelo, Fraga, García de Botta, González Balcarce, González, Kosak, Márques, Moldavsky de Oberstein, Mesina de Barrano, Mazzucco, Manes, S.E.G.B.A. S.A., Suárez, Vallejos y Yácono).

¿A quién se demanda?

las empresas de transporte automotor (Transporte 9 de Julio S.A.C. Línea 109, Transportes Los Constituyentes S.A., Línea 184 La Central de Vicente López, Expreso Quilmes S.A., Línea 76 S.A. de Transporte Automotor, Monsa S.A. Línea 60, Expreso Caraza S.A.C., Expreso Liniers S.A.Y.C., Transportes Pueyrredón S.A. de T.C.F.I., Transportes Automotores Riachuelo T.A.R.S.A., entre otras) y los conductores y terceros involucrados en cada accidente.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización de daños y perjuicios derivados de accidentes de tránsito con lesiones o muerte.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios y confirmó las sentencias apeladas, con costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte expresa que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas en la causa R.94.XXXIV "Risolía de Ocampo, María José c/ Rojas, Julio César y otros s/ ejecución de sentencia (incidente)" (votos concurrentes), del 2 de agosto de 2000, a cuyas consideraciones se remite en razón de brevedad. Textualmente: "Que las cuestiones planteadas en las presentes causas resultan sustancialmente análogas a las examinadas y resueltas por el Tribunal en la causa R.94.XXXIV... a cuyas consideraciones corresponde remitirse en razón de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

el juez Moliné O'Connor, en disidencia, se remite a su disidencia en el precedente citado. No constituye la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • CCyCNCodigo civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Risolía de Ocampo, María José c/ Rojas, Julio César y otros s/ ejecución de sentencia (incidente)CSJN · 02/08/2000

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