CUROLAN S.A. c/ MORENO HUGO ALBERTO s/EJECUCION HIPOTECARIA
Un ejecutado recurrió en queja ante la Corte Suprema por la negativa a aplicarle el régimen de refinanciación hipotecaria en una ejecución hipotecaria. La Corte, por mayoría, hizo lugar a la queja, revocó la sentencia apelada en cuanto declaró inaplicable ese régimen y ordenó al juez de primera instancia fijar un plazo de hasta 30 días para que el deudor opte por cancelar el crédito conforme a la ley 26.167.
Actor (ejecutante): Curolan S.A.
Demandado (ejecutado): Hugo Alberto Moreno.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución hipotecaria del crédito; el ejecutado pretendió la aplicación del régimen de refinanciación hipotecaria de la ley 26.167.
¿Qué se resolvió?
la Corte, por mayoría, declaró procedente la queja y formalmente admisible el recurso extraordinario; revocó la sentencia en cuanto declaró inaplicable el régimen de refinanciación; dispuso que el juez de primera instancia fije un plazo no mayor de 30 días para que el deudor manifieste si opta por cancelar el crédito en la forma indicada, y que, de no hacerlo, la ejecución continúe según las normas procesales. Costas de la ejecución según art. 558 CPCCN, salvo las de los incidentes sobre el régimen de refinanciación y las de esta instancia, que se imponen en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la cuestión es sustancialmente análoga a la resuelta en la causa G.88.XLII "Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio Rafael" (fallada el 3 de julio de 2006), cuyos fundamentos se dan por reproducidos por razón de brevedad. La jueza Argibay se remitió a su disidencia en dicha causa, por lo que su postura quedó en minoría y no integra la decisión del tribunal.
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Normas que cita
- Ley 26.167Emergencia publica
- CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio RafaelCSJN · 03/07/2006
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