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Corte Suprema

RENDON ESTHER c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de las partes en el reclamo de reajuste previsional de la actora contra la ANSeS. Confirmó la tasa de interés aplicada por remisión al precedente Spitale y ordenó cumplir con el plazo previsto en el art. 21 de la ley 26.153.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 1550. XXXIX. ROR
Movilidad previsional Reajuste haber jubilatorio Ley 23.928 Tasa de interes Ley 24.463 Ley 26.153 Art. 21 ley 26.153 Recurso ordinario Anses Spitale

¿Quién es el actor?

Esther Rendon.

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, en especial la movilidad aplicable a períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928 y la tasa de interés, además del alcance del art. 23 de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos por las partes; se confirmó lo resuelto en cuanto a la tasa de interés, conforme al precedente "Spitale"; y se ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo fijado por el art. 21 de la ley 26.153.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"los agravios de la demandante vinculados con la movilidad que corresponde reconocer para los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928 son el fruto de una reflexión tardía, pues lo resuelto por el juez de grado quedó firme al no haber apelado dicha decisión ante la cámara, de modo que resulta improcedente volver sobre un debate que ha quedado clausurado."

"los cuestionamientos de la ANSeS dirigidos a impugnar la tasa de interés aplicada encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."

"deviene abstracto el tratamiento de los planteos vinculados con el art. 23 de la ley 24.463, pues dicha norma ha quedado derogada por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia del último cuerpo legal citado, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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