OLEA HORALDO FRANCISCO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Un jubilado promovió reajuste de su haber previsional contra la ANSeS, y la Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de ambas partes, confirmando la tasa de interés aplicada según el precedente Aspitale y ordenando cumplir el pago en el plazo del art. 21 de la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Horacio Francisco Olea (jubilado).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional, incluyendo la movilidad aplicable a los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928 y la tasa de interés.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por las partes; confirmó lo resuelto en cuanto a la tasa de interés conforme al precedente "Aspitale" (Fallos: 327:3721); y ordenó el cumplimiento de la sentencia en el plazo fijado por el art. 21 de la ley 26.153. Respecto del art. 23 de la ley 24.463, declaró abstracto su tratamiento por haber sido derogado por la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "los agravios del demandante vinculados con la movilidad que corresponde reconocer para los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928 son el fruto de una reflexión tardía, pues lo resuelto por el juez de grado quedó firme al no haber apelado dicha decisión ante la cámara, de modo que resulta improcedente volver sobre un debate que ha quedado clausurado."
Considerando 3°: "Los cuestionamientos de la ANSeS dirigidos a impugnar la tasa de interés aplicada encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Aspitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."
Considerando 4°: "deviene abstracto el tratamiento de los planteos vinculados con el art. 23 de la ley 24.463, pues dicha norma ha quedado derogada por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia del último cuerpo legal citado, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21)."
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Normas que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463arts. 19, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- AspitaleCSJN · Fallos 327:3721
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