JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FECRED SA c/ CABRAL MARIANO ARNOLDO Y OTRA Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de los ejecutados en la causa Fecred S.A. c/ Cabral y revocó la declaración de inconstitucionalidad del régimen de refinanciación hipotecaria de la ley 26.167. Asimismo, rechazó el planteo de inconstitucionalidad de esa ley formulado por la actora, disponiendo que los deudores opten por cancelar el crédito conforme al procedimiento previsto por la norma.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 4. XLII. RHE
Refinanciacion hipotecaria Ley 26.167 Ejecucion hipotecaria Inconstitucionalidad Recurso extraordinario Credito hipotecario Deudores hipotecarios Costas Art. 558 cpccn Corte suprema.

¿Quién es el actor?

Fecred S.A.

¿A quién se demanda?

Mariano Arnoldo Cabral y Betty Mabel Pólvora García.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Ejecución hipotecaria de un crédito, en la que los ejecutados plantearon la aplicación del régimen de refinanciación hipotecaria de la ley 26.167 y la actora cuestionó su constitucionalidad.

¿Qué se resolvió?

Se admitió formalmente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia de cámara en cuanto había declarado la inconstitucionalidad del régimen de refinanciación hipotecaria, se rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 26.167 y se ordenó al juez de primera instancia fijar un plazo no mayor de 30 días para que los deudores manifiesten si optan por cancelar el crédito según lo previsto en la ley. Las costas de la ejecución se imponen según el art. 558 del CPCCN, y las de los incidentes sobre el régimen y las de esta instancia en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite a los fundamentos de la causa G.88.XLII, Grillo c/ Sparano, fallada el 3 de julio de 2007, por considerar que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas, dándolos por reproducidos por razón de brevedad. La jueza Argibay se remite a su disidencia en esa causa. Los fundamentos concretos del voto de la mayoría no surgen del texto transcripto, que es una resolución remisoria.

Normas que cita

  • Ley 26.167Emergencia publica
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio RafaelCSJN · 03/07/2007

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.