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Corte Suprema

PROCTER & GAMBLE INTERAMERICAS INC. c/ D.G.I. s/DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

La Procuración General dictaminó sobre el recurso extraordinario interpuesto por la DGI en la repetición de pagos sin causa del impuesto de sellos sobre operaciones financieras. Propone admitir el recurso en cuanto a la actualización monetaria, que debe computarse sólo hasta el 1° de abril de 1991, y declararlo inadmisible en lo relativo a las costas.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 256. XXXV. REX
Repeticion de pago indebido Impuesto de sellos Operaciones financieras Ley 11.683 Actualizacion monetaria Ley de convertibilidad 23.928 Intereses Costas Recurso extraordinario Procuracion general.

¿Quién es el actor?

Procter & Gamble Interamericas Inc., continuadora de Compañía Química S.A.

¿A quién se demanda?

Dirección General Impositiva (D.G.I.)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Repetición de la suma de $3.105,87 ingresada indebidamente en concepto de impuesto de sellos sobre operaciones financieras, con actualización e intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala II) confirmó la sentencia de primera instancia, que había hecho lugar a la demanda, fijando la actualización desde cada pago hasta el 1° de abril de 1991, intereses desde el reclamo administrativo y costas por su orden de derrota.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la modificación introducida por la ley 23.871 (B.O. 31 de octubre de 1990 y su fe de erratas, B.O. del 9 de noviembre de 1990), no alteró la norma en cuanto al inicio del cómputo de la actualización."

"...la ley 23.905 ... sustituyó el segundo párrafo del art. 129 de la ley de rito, al establecer ... que 'Dichos montos se actualizarán desde la fecha de pago o presentación de la declaración jurada que dio origen al crédito...'. ... su inc. 6°, exceptuó ... 'las del punto 9 del art. 19 que tendrá efecto para los créditos a favor del contribuyente o responsable originados a partir de la vigencia de la presente ley'."

"No cabe duda que los créditos reclamados en el sub lite se han originado en pagos sin causa realizados con anterioridad a la entrada en vigencia de la ley 23.905 ..."

"...la actora formuló su reclamo administrativo recién el 30 de diciembre de 1993. ... la Ley de Convertibilidad del Austral 23.928 ... derogó, con efecto a partir del 1° de abril de 1991, todas las normas legales o reglamentarias que establecían o autorizaban la indexación ... cabe señalar que no corresponde calcular actualización alguna, en el sub lite, entre la indicada fecha de reclamo y la que resulte del efectivo pago."

Respecto de las costas: "...involucra cuestiones de hecho y derecho procesal, propias de los jueces de la causa y ajenas, en principio, a la vía prevista en el art. 14 de la ley 48 ..., sin que quepa hacer excepción a tal regla ya que, en la especie, más allá de su acierto o error, no se aprecia arbitrariedad..."

Por lo expuesto, opina que el remedio federal es inadmisible en cuanto a las costas y admisible respecto de la actualización, debiendo revocarse la sentencia en esos términos.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Compañía Química S.A. c/ D.G.I.CSJN · Fallos 308:1076
  • Fallos 311:1695CSJN

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