ROLICH DE DI NATAL OLGA AIDA c/ FERNANDEZ ELISA RESTITUTA s/EJECUCION HIPOTECARIA
La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de la ejecutada en una ejecución hipotecaria y revocó la sentencia que había declarado inaplicable el régimen de refinanciación hipotecaria de la ley 26.167. Ordenó que el juez de primera instancia dé a la deudora un plazo no mayor a 30 días para optar por cancelar el crédito conforme a dicho régimen.
Actor (ejecutante): Olga Aída Rolich de Di Natal.
Demandado (ejecutado): Elisa Restituta Fernández.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución hipotecaria.
¿Qué se resolvió?
se declaró formalmente admisible el recurso extraordinario interpuesto por la ejecutada, se revocó la sentencia apelada en cuanto declaró inaplicable al caso el régimen de refinanciación hipotecaria y se dispuso que el juez de primera instancia fije un plazo no mayor a 30 días para que la deudora manifieste si opta por cancelar el crédito conforme a la ley 26.167. Se rechazó el planteo de inaplicabilidad de la ley 26.167 formulado por la actora. Las costas de la ejecución se imponen según el art. 558 CPCCN, salvo las de los incidentes sobre refinanciación hipotecaria y las de esta instancia, que se imponen en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte remite, por razón de brevedad, a los fundamentos de la causa G.88.XLII "Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio Rafael" (fallada el 3 de julio de 2007), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. La Dra. Argibay se remite a su disidencia en dicha causa. El texto de esta sentencia no transcribe fundamentos propios adicionales, por lo que los argumentos de fondo deben buscarse en el precedente citado.
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Normas que cita
- Ley 26.167Emergencia publica
- CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio RafaelCSJN · 03/07/2007
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