JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FEDERACION ARGENTINA DE TRABAJADORES DE LUZ Y FUERZA c/ COOPERATIVA DE SERVICIOS PUBLICOS Y SOCIALES CREDITO Y VIVIENDA DE SACANTA LIMITADA s/FONDO COMPENSADOR CCT 36/75 ART. 9°

La Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza demandó a una cooperativa de servicios públicos en un proceso laboral. La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento conforme a lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 437. XXXIV. REX
Recurso extraordinario Proceso laboral Sindicato Luz y fuerza Cooperativa de servicios publicos Remision al dictamen del procurador general Nuevo pronunciamiento Costas

¿Quién es el actor?

Federación Argentina de Trabajadores de Luz y Fuerza.

¿A quién se demanda?

Cooperativa de Servicios Públicos y Sociales, Crédito y Vivienda de Sacanta Limitada.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

proceso laboral (el fallo no detalla el reclamo concreto).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado, impuso las costas según el art. 68 del CPCCN y devolvió los autos al tribunal de origen para que se dicte nuevo pronunciamiento.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Este Tribunal comparte y hace suyos los fundamentos expuestos por el señor Procurador General de la Nación en su dictamen, al que cabe remitir brevitatis causae."

Leyes que cita

  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.