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Corte Suprema

BOCCHETTO ELVIRA MARIA Y OTRO c/ E.N.A.(P.E.N.) Y OTROS s/AMPARO

Los ahorristas promovieron amparos contra el Estado Nacional y entidades bancarias por la conversión a pesos de sus depósitos en dólares dispuesta por el Decreto 1570/01 y sus normas complementarias. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores a la restitución de sus depósitos a la relación de $1,40 por dólar, ajustada por CER más un 4% anual de intereses, remitiéndose al precedente Massa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
B. 202. XLII. REX
Pesificacion Depositos en dolares Amparo Decreto 1570/01 Ley 25.561 Cer Intereses Ahorristas Derecho de propiedad Restitucion de depositos

¿Quién es el actor?

Elvira María Bocchetto y otros (más de cien causas acumuladas, todas de ahorristas titulares de depósitos bancarios en dólares).

¿A quién se demanda?

Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional, Banco Central y otros organismos) y las entidades bancarias depositarias.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Declaración de inconstitucionalidad de las normas que dispusieron la pesificación asimétrica de los depósitos en moneda extranjera (Decreto 1570/01, Ley 25.561, Decreto 214/02) y el reintegro de los fondos en su valor original en dólares.

¿Qué se resolvió?

La Corte, remitiéndose a los fundamentos de la causa "Massa" (27/12/2006), declaró procedentes los recursos extraordinarios y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció a los actores el derecho a obtener de la entidad bancaria el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, con más intereses del 4% anual no capitalizable. Se deducen los pagos a cuenta ya efectuados por el banco (incluidos los entregados por medidas cautelares), con exclusión de los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos del Estado o por aplicación del importe a fines específicos (cancelación de deudas, adquisición de inmuebles o automotores). Costas de esta instancia en el orden causado; las de instancias anteriores se mantienen. Se ordena devolver las actuaciones a primera instancia para notificar.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte expresa que "las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad". Remite asimismo a la causa K.90.XLIII "Kujarchuk" (28/08/2007) en cuanto al modo de computar los pagos a cuenta. La sentencia no contiene desarrollo argumental propio; su fundamento es la remisión a los precedentes citados. No hay votos en disidencia.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006
  • Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PEN Ley 25.561CSJN · 28/08/2007

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