MONTI MARTA SUSANA Y OTRO c/ ERMINI VICENTE NAZARENO Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA
La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario de los ejecutados y revocó la sentencia que había declarado inaplicable el régimen de refinanciación hipotecaria de la ley 26.167 en una ejecución hipotecaria. Ordenó al juez de primera instancia dar a los deudores un plazo de hasta 30 días para optar por cancelar el crédito conforme a ese régimen, y rechazó los planteos de inconstitucionalidad de la ley formulados por la actora.
¿Quién es el actor?
Marta Susana Monti y otros (acreedora hipotecaria, parte recurrida en el recurso extraordinario).
¿A quién se demanda?
Vicente Nazareno Ermini y Liliana Graciela Nicola (ejecutados, recurrentes).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
ejecución hipotecaria de un crédito.
¿Qué se resolvió?
admisibilidad formal del recurso extraordinario; revocación de la sentencia apelada en cuanto declaraba inaplicable el régimen de refinanciación hipotecaria; plazo de hasta 30 días para que los deudores opten por cancelar el crédito según la ley 26.167; rechazo de los planteos de inaplicabilidad e inconstitucionalidad de dicha ley; costas según art. 558 CPCCN, con excepciones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte expresa que "las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa G.88.XLII 'Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio Rafael', fallada el 3 de julio de 2007, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad", y que "la jueza Argibay se remite a su disidencia en la citada causa". El dictamen del Procurador General fue tenido en cuenta. El fallo no desarrolla fundamentos propios; su sustento está en la remisión a Grillo.
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Normas que cita
- Ley 26.167Emergencia publica
- CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio RafaelCSJN · 03/07/2007
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