CENTARTI GERARDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor reclamó el reajuste de sus haberes previsionales frente a la ANSeS. La Corte Suprema revocó la sentencia apelada conforme al precedente Sánchez, confirmó la tasa de interés fijada por la alzada y modificó el plazo de cumplimiento según la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Gerardo Centarti (el texto transcripto consigna "ACentarti", con error tipográfico).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de haberes previsionales.
¿Qué se resolvió?
la Corte Suprema, por mayoría, resolvió "revocar la sentencia apelada con el alcance que surge del precedente 'Sánchez' citado, confirmar la tasa de interés prevista por la alzada y modificar el plazo de cumplimiento según las disposiciones de la ley 26.153". Es decir, el recurso de la ANSeS prosperó en cuanto al plazo de cumplimiento, y la tasa de interés se mantuvo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"los agravios del actor referentes a la movilidad que corresponde reconocer a partir del 31 de marzo de 1991, guardan sustancial analogía con los examinados por el Tribunal en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
"las críticas formuladas respecto de la facultad otorgada al Congreso de la Nación para determinar las movilidades a través de la ley de presupuesto anual (art. 7, inc. 2, ley 24.463) y el pedido de que esta Corte fije las correspondientes al período que se inicia en el año 2002, no pueden prosperar habida cuenta de las disposiciones de los arts. 45 a 51 de la ley 26.198, cuya validez no fue cuestionada por el interesado al dársele la oportunidad."
"las críticas del organismo previsional relacionadas con la tasa pasiva de interés y la existencia de otras soluciones que estima menos gravosas, no resultan eficaces para revertir la decisión adoptada por el a quo, que por otra parte se ajusta al criterio fijado por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ('Spitale')."
"los planteos de la ANSeS relacionados con los arts. 22 y 23 de la ley 24.463 han devenido abstractos, pues el art. 23 citado ha sido derogado por la ley 26.153 y el plazo de cumplimiento establecido en la sentencia habrá de ser modificado en virtud de la entrada en vigencia de la última ley mencionada, para adecuarlo al término allí previsto (art. 21)."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.463arts. 7 inc. 2, 19, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153arts. 21, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.198art. 45 a 51 · Presupuesto general de la administracion nacional
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- Franceschi, Luis Gerónimo c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 03/05/2007
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.