MARCO DEL PONT SA c/ s/CONCURSO PREVENTIVO S/ INCIDENTE DE VERIFICACION POR LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS - DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA
La Corte Suprema desestimó el pedido de caducidad de la instancia extraordinaria formulado por la contraparte y admitió la queja de la AFIP-DGI. Declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.
Actor (recurrente): Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General Impositiva (AFIP-DGI), representada por la Dra. Paula Casteluccio.
¿A quién se demanda?
Marcó del Pont S.A., en concurso preventivo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Incidente de verificación de créditos fiscales de la AFIP-DGI en el marco del concurso preventivo de Marcó del Pont S.A.
¿Qué se resolvió?
Se desestimó el planteo de caducidad de la instancia extraordinaria; se hizo lugar a la queja; se declaró procedente el recurso extraordinario; se dejó sin efecto la sentencia apelada en cuanto fue materia del recurso, con costas, y se devolvieron los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento. Se eximió a la recurrente de integrar el depósito del art. 286 CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que en atención al estado de autos y a la circunstancia de que no se ha impuesto a la recurrente carga procesal alguna, corresponde desestimar el pedido formulado por la parte contraria para que se declare la caducidad de la instancia extraordinaria (art. 313, inc. 4°, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)." "Que esta Corte comparte y hace suyos los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, a cuyos términos se remite en razón de brevedad."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPCCNarts. 286, 313 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Acordada 47/91
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.