CLARIA OLMEDO JUAN JOSE Y OTRA c/ ESTADO NACIONAL Y OTROS s/AMPARO
Los ahorristas actores iniciaron amparos contra el Estado Nacional y otros para recuperar sus depósitos bancarios reconvertidos a pesos tras la pesificación dispuesta por el Decreto 1570/01. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto las sentencias apeladas y reconoció el derecho de los actores al reintegro de sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustados por CER más intereses del 4% anual.
¿Quién es el actor?
Juan José Claria Olmedo y otra, junto con más de un centenar de ahorristas acumulados en la misma decisión.
¿A quién se demanda?
Estado Nacional y otros (Poder Ejecutivo Nacional, entidad bancaria depositaria).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reintegro de depósitos bancarios en dólares convertidos a pesos por aplicación del régimen de emergencia (Ley 25.561, Decretos 1570/01 y 214/02).
¿Qué se resolvió?
Se declararon procedentes los recursos extraordinarios y se dejaron sin efecto las sentencias apeladas. En sustitución, se reconoció el derecho de los actores a obtener el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, computando como pagos a cuenta las sumas ya abonadas por el banco o entregadas por cautelares. Se excluyen los supuestos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o por aplicación de los fondos a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte remite a los fundamentos de "Massa, Juan Agustín c/ PEN s/ amparo" (27/12/2006) y a la disidencia/voto del juez Fayt en "Apiriz" (06/03/2007), y aplica el criterio de "Kujarchuk" (28/08/2007) para la forma de cómputo de pagos a cuenta. Transcripción textual relevante: "Las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas en la causa M.2771.XLI. 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional - dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." El tribunal califica la situación como "excepcional" en este tipo de causas, lo que justifica la remisión y la devolución directa de las actuaciones a primera instancia.
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570
- Decreto 214
- Ley 16.986Amparo
- CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo NacionalCSJN · 27/12/2006
- Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PENCSJN · 28/08/2007
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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