ROCHA GERMAN ADOLFO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y revocó parcialmente las sentencias apeladas en reclamos por reajustes de movilidad jubilatoria. El tribunal remitió a los precedentes Heit, Rupp, Clementina (Fallos: 323:555) y Chocobar (Fallos: 319:3241), y dispuso costas por su orden.
¿Quién es el actor?
Germán Adolfo Rocha y otros actores (ver lista de autos acumulados: más de 70 causas contra la ANSeS, entre ellas Amici, Armoa, Aguirre de Carassay, Alcaraz, Ávila, Balmaceda de Ortubia, Barbona, Botti, Bergero, Cion, Covani, De Bastos de Balán, Díaz, Esposito de Caporalini, Fruscella, Fuentes, Flores, Genova, Galluzzo, Gareca, Gómez, Hernández, Hidalgo de Guerrero, Luccioni, Latre de Villagra, Llusa de Badaro, Mamani, Maretto, Monin, Otonello de Fernández, Pérez, Passarello, Paz, Padilla, Pereira, Pozzuto, Pagnanini, Rodríguez, Rivero, Rosello, Seta de Amoroso, Sánchez, Sanz de Pereira, Salerno de Faija, Santulian, Simón y Tissera).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS); en algunos casos, INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos, y INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales por movilidad, en particular la extensión de la movilidad de la ley 18.037 hasta la entrada en vigor de la ley 24.241, la aplicación del Aporte Medio Previsional Obligatorio (AMPO) y del Módulo Previsional, y la movilidad correspondiente al período entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.463.
¿Qué se resolvió?
declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y revocó parcialmente las sentencias apeladas, con el alcance que surge del precedente "Heit, Rupp, Clementina" (Fallos: 323:555). Respecto de la movilidad entre el 1° de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.463, el juez Belluscio se remitió a su disidencia en "Chocobar, Sixto Celestino" (Fallos: 319:3241). Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463). Se ordenó comunicar a la Procuración del Tesoro a los fines del art. 6° de la ley 25.344.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los planteos de los actores relacionados con la extensión de la movilidad de la ley 18.037 hasta la entrada en vigor de la ley 24.241 y, a partir de allí, con la aplicación del Aporte Medio Previsional Obligatorio y del Módulo Previsional encuentran adecuada respuesta en lo resuelto por mayoría del Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:555, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitir."
"Los agravios esgrimidos por la ANSeS resultan sustancialmente análogos a los examinados y resueltos por esta Corte en Fallos: 322:2226, voto de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez, a cuyas consideraciones cabe remitirse por razón de brevedad."
La sentencia es de remisión: no desarrolla fundamentos propios y se apoya en los precedentes citados.
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Normas que cita
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
Fallos que cita
- Heit, Rupp, ClementinaCSJN · Fallos 323:555
- Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241
- Fallos 322:2226CSJN
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