JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RODRIGUEZ ANTONIO RAFAEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Los actores promovieron reclamos de reajuste por movilidad de sus haberes previsionales contra la ANSeS, cuestionando el método y la extensión de la movilidad y la validez constitucional de normas de la ley 24.463. La Corte Suprema admitió los recursos ordinarios de los actores, confirmó las sentencias apeladas por remisión a sus precedentes y declaró desiertos los recursos de la ANSeS por falta de memoriales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 455. XXXVI. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haberes previsionales Ley 24.463 Constitucionalidad Anses Recurso ordinario Confirmacion por remision a precedentes Desercion de recurso Memorial (art. 280 cpccn) Costas por su orden.

¿Quién es el actor?

Antonio Rafael Rodríguez y otros actores (María Delia Álvarez, Jorge Ignacio Aldunati, María Di Doménica, Ovidio García, Bonifacio Lamas, Manuel Pérez Cuñarro, Enrique Santos, Héctor Rufino Tecco), en las causas acumuladas.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad de haberes previsionales; cuestionamientos al método y extensión de la movilidad y a la validez constitucional de diversas normas de la ley 24.463.

¿Qué se resolvió?

se admitieron los recursos ordinarios de los actores, se confirmaron las sentencias apeladas y se declararon desiertos los recursos de la ANSeS. Costas por su orden (art. 21 de la ley 24.463) y comunicación a la Procuración del Tesoro (art. 6° de la ley 25.344).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

los planteos de los actores encuentran "adecuada respuesta en lo resuelto por mayoría del Tribunal en los precedentes publicados en Fallos: 319:3241; 322:2226; 323:555" y en las causas "Di Nápoli, Concepción c/ INPS" (22/12/1998) y "Lopardo, Carmelo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad" (27/11/2000), "a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitir". Respecto de los recursos de la ANSeS, "no obstante haberse notificado al organismo administrativo de las providencias que ordenaban poner los autos en secretaría a los fines del art. 280, segundo párrafo, del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, el apelante no presentó los memoriales exigidos por dicha norma, por lo que corresponde declarar la deserción de los recursos."

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 25.344art. 6 · Emergencia economica-financiera
  • CPCCNart. 280 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Di Nápoli, Concepción c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes variosCSJN · 22/12/1998
  • Lopardo, Carmelo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 27/11/2000
  • Fallos 319:3241CSJN
  • Fallos 322:2226CSJN
  • Fallos 323:555CSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.