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Corte Suprema

HERNANDEZ DORA MABEL c/ DI LASCIO ROGELIO Y OTRA Y OTRO s/EJECUCION FISCAL

El actor promovió ejecución hipotecaria contra los deudores en el marco de un mutuo hipotecario, y los ejecutados interpusieron recurso de queja por denegación del recurso extraordinario. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, revocó la sentencia que había declarado la inaplicabilidad del régimen de refinanciación hipotecaria (ley 26.167) y ordenó que los deudores opten por cancelar el crédito en esa forma.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
H. 275. XLI. RHE
Refinanciacion hipotecaria Ley 26.167 Mutuo hipotecario Ejecucion hipotecaria Recurso de queja Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Costas Art. 558 cpccn Agente fiduciario

¿Quién es el actor?

Dora Mabel Hernández.

¿A quién se demanda?

Rogelio Gerónimo Di Lascio y Pilar Genoveva Martínez.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de un mutuo hipotecario.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente la queja, se revocó la sentencia apelada en cuanto declaró la inaplicabilidad del régimen de refinanciación hipotecaria, y se dispuso que el juez de primera instancia fije un plazo no mayor a 30 días para que los deudores manifiesten si optan por cancelar el crédito conforme a la ley 26.167. Se rechazó el planteo del actor vinculado con la inaplicabilidad de dicha ley. Las costas de la ejecución se impusieron según el art. 558 del CPCCN, y las de los incidentes y de esta instancia en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa G.88.XLII 'Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio Rafael', fallada el 3 de julio de 2007, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad." Asimismo, se rechazó el planteo del actor de fs. 69 "pues ambas partes son contestes en señalar que el préstamo fue destinado a la cancelación de una deuda originada por un mutuo hipotecario anterior (fs. 69 y 82 vta.), que los demandados habrían destinado para la mejora y/o ampliación de su vivienda, y el mutuo en litigio ha sido declarado elegible por el agente fiduciario."

Normas que cita

  • Ley 26.167Emergencia publica
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio RafaelCSJN · 03/07/2007

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