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Corte Suprema

VERGES TUNESSI JORGE ULISES c/ OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA CONSTRUCCION s/MEDICO DEPEND. OBRAS SOCIALES

Se promovió demanda contra la Obra Social del Personal de la Construcción por una prestación de salud reclamada por el actor. La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y rechazó la demanda.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
V. 5. XXXVI. RHE
Recurso extraordinario Recurso de hecho Obra social Demanda Revocacion Rechazo de la demanda Art. 16 ley 48 Remision a precedente Fallos 320:786 Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Jorge Ulises Verges Tunessi.

¿A quién se demanda?

Obra Social del Personal de la Construcción.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

DESCONOCIDO (el fallo remite a los fundamentos de Fallos: 320:786 y no los transcribe).

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se hizo lugar a la queja, se declaró formalmente procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada en cuanto fue materia de recurso y se rechazó la demanda (art. 16, segunda parte, ley 48). Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones traídas a conocimiento de esta Corte guardan sustancial analogía con las debatidas y resueltas en Fallos: 320:786, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir, en lo pertinente, por razones de brevedad." Asimismo, "Que los jueces Nazareno, Fayt, Belluscio y Boggiano se remiten a sus disidencias en la causa de Fallos: 320:786." Los jueces Belluscio (en disidencia) y, por remisión, Fayt y Boggiano, sostuvieron posturas disidentes en el precedente citado.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Fallos 320:786CSJN

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