NARANJO JUAN FERNANDO c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/PROCESO DE CONOCIMIENTO
La Corte Suprema, remitiendo al precedente Massa, declaró procedentes los recursos extraordinarios de depositantes con dólares atrapados por la pesificación y dejó sin efecto las sentencias apeladas. Reconoció el derecho de los actores a recuperar sus depósitos a $1,40 por dólar, ajustados por CER, más intereses del 4% anual.
¿Quién es el actor?
Juan Fernando Naranjo y otros (más de un centenar de causas acumuladas, entre ellas Bentancourt, Bandres, Blanco, Bazán, Cerini, Cuzzolaro de Mazzeo, Cerioni, Cespedes, Carmagnini, Cons, Cowes, Cohen, Crespo, Cuevas, Celiz, Cesari, Crivello, Cecotti, Cesca, Colantonio, Camporini, Cristoforone, Costanza, Conte, Cardozo, Castresana, Colosantti, Crudo, Cerato, Comaleras, Celma, Ceballos, Cortes, Compaired, Colasanto, Carumagnini, Ciglliutti, Coroglanian, Carreira, Colombo, Cimino, Corte, Cuadrado, Carrera, Cuestas, Costa, De Bonis, Debon, Espi, Fernandez, Friol, Giovannini, Guberman, Gil, Giest, García, Gurevich, Iturres, López de Ballestrasse, Mansilla, Mariscotti, Mauro, Montoya, Menéndez, Millán Ford, Medina, Otero, Peso, Pardo, Perazzo, Pennigian, Peralta, Rilo, Randazzo, Sosa, Suárez, Saleme, Sánchez, Tarando y Villasana).
¿A quién se demanda?
Estado Nacional (Poder Ejecutivo Nacional) y, en distintos casos, entidades bancarias (BBVA, Galicia, Bansud, Citi, Boston, HSBC, Bank Boston, Credicoop, entre otras).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
amparo y proceso de conocimiento contra la Ley 25.561 y los decretos 1570/01 y 214/02, que pesificaron depósitos bancarios en dólares, reclamando la restitución de los depósitos en dólares o su equivalente.
¿Qué se resolvió?
se declaran procedentes los recursos extraordinarios y se dejan sin efecto las sentencias apeladas. Se reconoce el derecho de los actores a obtener el reintegro del depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más intereses del 4% anual no capitalizable, con deducción de pagos a cuenta y con exclusión de los casos en que la obligación se extinguió por canje por bonos o aplicación a fines específicos. Costas de esta instancia en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen como fueron resueltas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
la Corte remite en razón de brevedad a los fundamentos y conclusiones del precedente "Massa, Juan Agustín c/ PEN – dto. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986" (sentencia del 27/12/2006), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas. Asimismo se remite a la causa "Kujarchuk, Pablo Felipe" (28/08/2007) en cuanto al modo de imputar los pagos a cuenta. Por la excepcionalidad de la situación, se dispone la devolución directa de las actuaciones a los juzgados de primera instancia, con notificación de la sentencia mediante el texto publicado en la web del Tribunal.
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Normas que cita
- Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 1570/01
- Decreto 214/02
- Ley 16.986Amparo
Fallos que cita
- Massa, Juan Agustín c/ PENCSJN · 27/12/2006
- Kujarchuk, Pablo Felipe c/ PENCSJN · 28/08/2007
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