BASTERRA DE NUÑEZ VICTORIA Y OTROS c/ AGUA Y ENERGIA S.E. s/COBRO DE PESOS
El Procurador General dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja por denegación de recurso extraordinario deducido por la demandada, que pretendía la aplicación de la ley 24.283 de desindexación en la etapa de ejecución de una sentencia laboral. El dictamen propone que la Cámara dicte nuevo pronunciamiento, por considerar que la cuestión afecta la defensa en juicio y el derecho de propiedad al no aplicarse la normativa vigente.
¿Quién es el actor?
Victoria Basterra de Núñez y otros.
¿A quién se demanda?
Agua y Energía S.E.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
diferencias por gratificación por jubilación ordinaria y diferencias de haberes jubilatorios.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala IV, consideró irrecurrible en los términos del art. 109 de la Ley de Procedimiento Laboral la resolución que rechazó la aplicación de la ley 24.283 y el decreto 794/94 en la etapa de ejecución. El Procurador propone revocar esa decisión y remitir la causa para nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...los agravios del apelante atinentes a la arbitrariedad del fallo suscitan cuestión federal para su tratamiento en la vía intentada en tanto, con menoscabo de los derechos de defensa en juicio y propiedad, el tribunal ha realizado una exégesis inadecuada de las normas aplicables al caso (Fallos: 322:696)."
"...la ley 24.283 es aplicable a las obligaciones de pagar sumas de dinero derivadas de las relaciones laborales (Fallos: 318:1012), y que aquella ley y el decreto 794/94 no excluyen las obligaciones dinerarias que son objeto de consolidación (Fallos: 320:2829)."
"...lo decidido no constituye derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias de la causa, ya que se ha dejado de aplicar la normativa correspondiente -esto es la ley de desindexación n° 24.283-, sin que ello importe aceptar inequívocamente la liquidación de fs. 307 presentada por la demandada, la que deberá ser objeto de debida verificación."
"...no obsta a la admisión del remedio federal la circunstancia de que se trate de una decisión recaída en la etapa de ejecución de sentencia, en tanto lo resuelto traduce un agravio de imposible reparación ulterior (Fallos: 322:3030)."
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Normas que cita
- Ley 24.283
- Decreto 794/94
- Ley 23.982Deuda publica
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Fallos 322:696CSJN
- Fallos 318:1012CSJN
- Fallos 320:2829CSJN
- Fallos 322:3030CSJN
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