ACUÑA VARGAS JORGE Y OTRO s/USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO
La Corte Suprema aclaró un error material de su resolución de fs. 226 y dejó constancia de que la contienda de competencia N° 1015.XLIII se caratula Acuña Vargas, Jorge y otro s/ instrumento público falso y no Pereira, María Luisa s/ medida cautelar. Se mantuvo, en lo demás, lo resuelto en aquella oportunidad.
¿Quién es el actor?
No aplica; se trata de una contienda de competencia y la aclaración no identifica partes litigantes en el sentido procesal habitual.
¿A quién se demanda?
No aplica.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Corrección de la carátula de la contienda de competencia N° 1015.XLIII.
¿Qué se resolvió?
Se aclara que la contienda se caratula "Acuña Vargas, Jorge y otro s/ instrumento público falso" y que, donde la resolución de fs. 226 decía "Pereira, María Luisa s/ medida cautelar", debe leerse la carátula corregida. Se mantiene lo demás resuelto a fs. 226.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En atención a que se ha deslizado un error material en la resolución que antecede, aclárase que la presente contienda de competencia ingresada en este Tribunal como N° 1015.XLIII se encuentra caratulada como 'Acuña Vargas, Jorge y otro s/ instrumento público falso' y no 'Pereira, María Luisa s/ medida cautelar' como se consignó a fs. 226." No hay votos en disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Fallos que cita
- Pereira, María Luisa s/ medida cautelarCSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.