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Corte Suprema

SIANO HAIDEE ALICIA Y OTROS c/ LOS PINOS MADERAS EN CHAPAS SRL Y OTROS Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente la queja y el recurso extraordinario del ejecutado, revocó la sentencia de la Cámara y condenó al demandado a pagar la deuda en pesos aplicando el principio del esfuerzo compartido, con una tasa del 7,5% anual, rechazando la inconstitucionalidad de la ley 25.820. Tres ministros se remitieron a sus disidencias en la causa Longobardi.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
S. 1813. XXXIX. RHE
Queja Recurso extraordinario Ejecucion en moneda extranjera Conversion a pesos Principio del esfuerzo compartido Ley 25.820 Emergencia economica Cer Intereses Costas

¿Quién es el actor?

Haidee Alicia Siano y otros.

¿A quién se demanda?

Los Pinos Maderas en Chapas S.R.L. y otros (ejecutado, recurrente en queja).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de deuda en moneda extranjera; los actores plantearon la inconstitucionalidad de la ley 25.820.

¿Qué se resolvió?

la Corte Suprema, con remisión a lo resuelto en la causa L.971.XL "Longobardi", declaró procedente la queja, admitió el recurso extraordinario, revocó el fallo apelado y dispuso la conversión a pesos aplicando el principio del esfuerzo compartido (un peso por dólar más el 50% de la brecha con el tipo vendedor del mercado libre, o CER si es superior), con interés del 7,5% anual no capitalizable. Rechazó el planteo de inconstitucionalidad de la ley 25.820. Costas de la ejecución según art. 558 CPCCN; las de los incidentes constitucionales, en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas en el presente juicio resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa L.971.XL 'Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.' con fecha 18 de diciembre de 2007, votos concurrentes, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad. Los jueces Lorenzetti, Fayt y Argibay se remiten a sus disidencias en la citada causa." Los fundamentos concretos del criterio de conversión se encuentran en la causa Longobardi, a la que este fallo remite.

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • Ley 25.820Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.CSJN · 18/12/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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