JurisprudenciaARG
Corte Suprema

GEPAL S.A. c/ BURSTEIN BORIS s/CONSIGNACION

La Corte Suprema declaró procedente la queja y revocó la sentencia de la Cámara en una ejecución hipotecaria en dólares, aplicando el principio del esfuerzo compartido para pagar el capital a razón de un peso por dólar más el 50% de la brecha cambiaria. Fijó además una tasa de interés del 7,5% anual no capitalizable, sin perjuicio de que el CER pueda arrojar un resultado superior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 811. XLII. RHE
Ejecucion hipotecaria Moneda extranjera Pesificacion Emergencia economica Esfuerzo compartido Ley 25.561 Cer Tasa de interes Recurso extraordinario Queja

Actor (acreedor ejecutante): Burstein, Boris.

Demandado (ejecutado): Gepal S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución hipotecaria de un crédito en moneda extranjera (dólares estadounidenses), en el marco de la emergencia económica declarada por la ley 25.561 y normas complementarias; consignación iniciada por Gepal S.A.

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente la queja y formalmente admisible el recurso extraordinario de la ejecutada, se revocó el fallo apelado y se condenó a la ejecutada a pagar el capital convertido a pesos a razón de $1 por dólar, más el 50% de la brecha con la cotización del mercado libre de cambio (tipo vendedor) a la fecha del pago, salvo que el CER arroje un resultado superior, con más una tasa de interés del 7,5% anual no capitalizable, entre moratorios y punitorios, desde la mora hasta el pago efectivo. Costas de la ejecución según art. 558 CPCCN, salvo las de los incidentes sobre constitucionalidad de las normas de emergencia, que se imponen en el orden causado. Costas de la consignación por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite, por razón de brevedad, a los fundamentos de la causa "Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L." (L.971.XL, fallo del 18 de diciembre de 2007), cuyos votos concurrentes se dan por reproducidos. Los jueces Lorenzetti, Fayt y Argibay se remiten a sus disidencias en esa causa. La fórmula de conversión y el reparto del efecto de la pesificación se fundan en el principio del esfuerzo compartido, en ejercicio de las atribuciones del art. 16, segundo párrafo, de la ley 48. (Nota: el texto transcripto no reproduce los considerandos de fondo, por lo que el desarrollo argumental se limita a lo que surge de la remisión.)

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Ley 25.561

Fallos que cita

  • Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.CSJN · 18/12/2007

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.