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Corte Suprema

LEONE ANGELA NILDA c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTROS s/AMPARO

El dictamen de la Procuración General de la Nación se pronuncia sobre una contienda de competencia entre la Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 15 y la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal, en un amparo contra Siembra S.A. y el Estado Nacional por el contrato de seguro de retiro. Opina que la competencia corresponde a la justicia federal en lo Civil y Comercial Federal por razón de las personas demandadas, en línea con el precedente Viejo Roble S.A. c/ Bank Boston.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1247. XLIII. COM
Contienda de competencia Amparo Seguro de retiro Emergencia economica Ley 25.561 Decreto 1570/01 Competencia federal por razon de las personas Estado nacional Prorroga de jurisdiccion Ley 17.418

¿Quién es el actor?

Angela Leone.

¿A quién se demanda?

Siembra S.A. y el Estado Nacional (PEN).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

acción de amparo relacionada con un contrato de seguro de retiro, cuestionando la aplicación de la ley 25.561 de emergencia económica y su decreto reglamentario 1570/01, cuya inconstitucionalidad se solicita.

¿Qué se resolvió?

no hay resolución; la Procuración opina que el proceso debe continuar ante el fuero Civil y Comercial Federal, Juzgado N° 5.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la relación jurídica que invoca la parte actora se encuentra, principalmente regida por leyes de naturaleza comercial - contrato de seguro de retiro y Ley N° 17.418-"

"la pretensión se dirige contra Siembra S.A. y contra el Estado Nacional, en su carácter de órgano emisor de la legislación de emergencia económica (...) circunstancia esta que, en mi opinión, habilita la competencia de la justicia federal por razón de la persona (conf. art. 116 de la Constitución Nacional y 2°, incisos 6° y 12 de la ley 48)."

"las partes convienen someterse exclusivamente a la jurisdicción de los tribunales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en aquellos aspectos vinculados a la interpretación del referido acto contractual; cláusula que (...) no ha sido cuestionada por la actora."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Viejo Roble S.A. c/ Bank Boston NA s/ acción meramente declarativaCSJN · 30/09/2003 · Fallos 326:4019

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