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Corte Suprema

DELFINO MARTIN FERNANDO Y OTROS c/ s/LESIONES GRAVES EN AGRESION -CAUSA N° 57038/04-

Bruno Valussi promovió recurso de queja contra la denegación del recurso extraordinario en una causa por lesiones graves en agresión. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia apelada, ordenando dictar un nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 1608. XLI. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario federal Denegacion del recurso extraordinario Lesiones graves en agresion Sentencia penal condenatoria Reenvio para nuevo pronunciamiento Art. 280 cpccn Admisibilidad Remision al dictamen del procurador fiscal Chaco.

¿Quién es el actor?

No aplica en sentido estricto; se trata de una causa penal promovida por el Ministerio Público en la causa "Delfino, Martín Fernando y otros s/ lesiones graves en agresión".

Demandado / imputado: Bruno Valussi, condenado en primera instancia por el Juzgado Correccional de la Tercera Nominación de Resistencia, Provincia del Chaco, y recurrente en queja.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Procedencia del recurso extraordinario federal denegado por el tribunal de origen.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría (Lorenzetti, Highton de Nolasco, Maqueda y Zaffaroni, con la adhesión de Fayt en cuanto a la queja y el recurso), se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, devolviendo los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento. La jueza Argibay votó en disidencia por desestimar la queja por inadmisibilidad del recurso extraordinario (art. 280 CPCCN).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El Tribunal comparte el dictamen del Procurador Fiscal y se remite a sus fundamentos y conclusiones por razones de brevedad. El juez Fayt remite a su disidencia en la causa "Antiñir, Omar Manuel - Antiñir, Néstor Isidro - Parra Sánchez, Miguel Alex" (Fallos 329:2367), a cuyos fundamentos y conclusiones también se remite. La jueza Argibay, en disidencia, sostiene que "el recurso extraordinario, cuya denegación dio origen a la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)".

Normas que cita

  • CPCCNarts. 280, 286 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Antiñir, Omar Manuel - Antiñir, Néstor Isidro - Parra Sánchez, Miguel AlexCSJN · Fallos 329:2367

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