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Corte Suprema

TERNS ESMERALDA c/ MOREIRA SALVADOR ERNESTO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema declaró procedente la queja y el recurso extraordinario de los ejecutados, revocando la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad del régimen de refinanciación hipotecaria. Ordenó que los deudores opten por cancelar el crédito conforme a la ley 26.167, rechazando el planteo de inaplicabilidad de esa ley.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
T. 116. XLIII. RHE
Refinanciacion hipotecaria Ley 26.167 Ley 25.798 Decreto 1284/2003 Inconstitucionalidad Ejecucion hipotecaria Recurso extraordinario Queja Capital consentido Costas.

Actor (ejecutante): Esmeralda Terns.

Demandados (ejecutados): Salvador Ernesto Moreira y Nélida Yolanda Rezzoagli.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de un crédito hipotecario, en el marco del régimen de refinanciación hipotecaria (leyes 25.798, 25.908, 26.167 y decreto 1284/2003).

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente la queja, se revocó la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del régimen de refinanciación hipotecaria, y se ordenó al juez de primera instancia fijar un plazo (no mayor a 30 días) para que los deudores manifiesten si optan por cancelar el crédito según la ley 26.167. Se rechazó el planteo de inaplicabilidad de esa ley formulado por la demandante. Las costas de la ejecución se impusieron según el art. 558 CPCCN, y las de los incidentes sobre el régimen de refinanciación y las de esta instancia en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el Tribunal señaló que, al no haberse cuestionado en el recurso extraordinario de los ejecutados la recomposición del capital dispuesta en la sentencia apelada, ese aspecto quedó firme para ambas partes. En consecuencia, las cuestiones sobre el régimen de refinanciación hipotecaria resultan sustancialmente análogas a las resueltas en "Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio Rafael" (fallada el 3 de julio de 2007), cuyos fundamentos se dieron por reproducidos. La jueza Argibay se remitió a su disidencia en esa causa, por entender que admitir los agravios de los ejecutados y aplicar la ley 26.167 importaría modificar el capital adecuado y la tasa de interés consentidos por las partes, perjudicando al acreedor.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Grillo, Vicente c/ Sparano, Claudio RafaelCSJN · 03/07/2007

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