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Corte Suprema

JAIME ALFREDO c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS en reclamos de reajuste por movilidad de haberes previsionales y revocó las sentencias apeladas en el alcance fijado por los precedentes citados. El tribunal remitió a lo resuelto en Arena respecto del art. 21 de la ley 25.239 y en Schiariti e Iglesias respecto de los arts. 22 y 23 de la ley 24.463.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
J. 5. XXXVII. ROR
Reajuste por movilidad Haberes previsionales Solidaridad previsional Ley 24.463 Art. 21 ley 25.239 Inconstitucionalidad Recurso ordinario Anses Movilidad jubilatoria Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Jaime Alfredo y otros (causas acumuladas: Amigo, Agliuglia, Alegre, Boquet, Barachini, Chifarelli, Coniglio, Calvo, Gamboa, Lisica, Lisanti, Marcovecchio, Magi, Massini, Quiroga, Rocha, Sánchez, Suárez y Terzulli).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste por movilidad de haberes previsionales.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios deducidos y revocó las sentencias apeladas con el alcance que surge de los considerandos de los fallos citados. Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en la causa A.20.XXXVI. 'Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 9 de agosto de 2001, a la que cabe remitir por razón de brevedad."

"Que respecto de la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, cabe remitir al precedente publicado en Fallos: 323:1861 ('Schiariti') y a la causa I.110.XXXV. 'Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 17 de abril de 2001."

La sentencia no desarrolla fundamentos propios: su resolución se apoya íntegramente en los precedentes citados. Al tratarse de un pronunciamiento que remite a otros fallos, el alcance de la revocación debe determinarse a partir de los considerandos de "Arena", "Schiariti" e "Iglesias".

Normas que cita

Fallos que cita

  • Arena, Alfredo c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 09/08/2001
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001

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