RODRIGUEZ VIAU JUAN CARLOS Y OTRO c/ GARIBALDI MIRTA ALICIA s/EJECUCION HIPOTECARIA
Rodríguez Viau promovió demanda de cobro de deuda en moneda extranjera contra Garibaldi, en el marco de un conflicto derivado de la pesificación dispuesta por la normativa de emergencia. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y condenó a la deudora a pagar aplicando el principio del esfuerzo compartido, con conversión a pesos a razón de un peso por dólar más el 50% de la brecha cambiaria y una tasa de interés del 7,5% anual.
¿Quién es el actor?
Juan Carlos Rodríguez Viau y otro.
¿A quién se demanda?
Mirta Alicia Garibaldi.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de una obligación pactada en moneda extranjera.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Corte condenó a la demandada a pagar aplicando el principio del esfuerzo compartido: conversión a pesos a razón de un peso por dólar, más el 50% de la diferencia con la cotización del mercado libre de cambio (tipo vendedor) del día del pago, con más un interés del 7,5% anual no capitalizable, entre moratorios y punitorios desde la mora hasta el pago. Las costas se impusieron en el orden causado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La decisión remite a los fundamentos de la causa "Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L." (CSJN, 18/12/2007), por tratarse de cuestiones sustancialmente análogas, cuyos fundamentos se dan por reproducidos por razón de brevedad. Los jueces Lorenzetti, Fayt y Argibay se remiten a sus disidencias en dicha causa. La sentencia fundamenta la solución en el uso de las atribuciones del art. 16, segundo párrafo, de la ley 48, para resolver sobre el fondo del litigio.
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Normas que cita
- Ley 48art. 16 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.CSJN · 18/12/2007
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