DECOVI c/ s/AMPARO COLECTIVO
La Corte Suprema hizo lugar a la queja de Compañía de Teléfonos del Interior S.A., declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro, declarando la nulidad de todas las actuaciones cumplidas ante la justicia provincial en el amparo colectivo Decovi.
¿Quién es el actor?
Decovi (amparo colectivo).
¿A quién se demanda?
Compañía de Teléfonos del Interior S.A. (recurrente en queja).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho interpuesto contra la decisión del Superior Tribunal de Justicia de Río Negro en el marco de un amparo colectivo.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la queja, se declara procedente el recurso extraordinario, se revoca el pronunciamiento y se declara la nulidad de todas las actuaciones cumplidas ante la justicia provincial.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte expresa: "este Tribunal comparte las consideraciones expuestas por la señora Procuradora Fiscal en el dictamen de fs. 356/357, a las que cabe remitir por razones de brevedad."
La ministra Argibay, en su voto, expresa: "esta Corte comparte los fundamentos y conclusiones del dictamen de la señora Procuradora Fiscal, con excepción de lo expresado en el párrafo segundo del capítulo IV de dicha pieza, a cuyos términos se remite en razón de brevedad."
No se transcriben fundamentos propios del tribunal: la decisión se apoya en la remisión al dictamen de la Procuradora Fiscal, cuyo contenido no obra en el texto analizado.
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