JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FAURE GUILLERMO c/ PODER EJECUTIVO NACIONAL Y OTRO s/AMPARO

La Corte Suprema hizo lugar a la queja del Estado Nacional y dejó sin efecto la sentencia apelada, por aplicación del criterio fijado en la causa Falcón, ordenando dictar un nuevo fallo. La Dra. Argibay votó en disidencia por desestimar la queja por falta de fundamentación autónoma del recurso extraordinario.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 842. XL. RHE
Recurso de hecho Recurso extraordinario Queja Fundamentacion autonoma Estado nacional Poder ejecutivo nacional Causa falcon Costas Nuevo fallo Ley 48

¿Quién es el actor?

Guillermo Faure.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

recurso de hecho interpuesto por el Estado Nacional (Ministerio de Economía) contra la denegación de un recurso extraordinario deducido en la causa seguida contra el Poder Ejecutivo Nacional. El reclamo de fondo no surge del fallo.

¿Qué se resolvió?

la mayoría hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario, dejó sin efecto la sentencia apelada y remitió las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo fallo. Costas por su orden, por la complejidad y novedad de la cuestión de fondo. La Dra. Argibay, en disidencia, votó por desestimar la queja y perder el depósito por falta de fundamentación autónoma (art. 15 de la ley 48).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que resulta aplicable en el sub examine el criterio establecido por el Tribunal al decidir la causa 'Falcón' (Fallos: 327:3166), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad."

¿Cómo votaron los jueces?

"Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina esta queja, no cumple con el requisito de fundamentación autónoma (art. 15 de la ley 48)."

Normas que cita

  • Ley 48art. 15 · Justicia nacional

Fallos que cita

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