JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PESADORI MARIA TERESA Y OTRO c/ DURAN DE PITA FILOMENA Y OTROS s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente la queja y revocó la sentencia de la Cámara que había pesificado la deuda con tasa del 4%. Condenó a los ejecutados a pagar aplicando el principio del esfuerzo compartido, con un mecanismo de conversión a pesos, un 50% de la brecha cambiaria y una tasa de interés del 7,5% anual.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 1523. XLI. RHE
Pesificacion Emergencia economica Ejecucion en dolares Cosa juzgada Esfuerzo compartido Recurso de hecho Ley 48 art. 16 Cer Intereses Leyes de emergencia.

¿Quién es el actor?

María Teresa Pesadori y otro.

¿A quién se demanda?

Filomena Amalia Durán de Pita, María Laura Pita y Carlos Ariel Pita (ejecutados).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de un crédito en dólares estadounidenses.

¿Qué se resolvió?

la Corte hizo lugar a la queja y revocó lo decidido por la Sala G, condenando a pagar según el esfuerzo compartido descripto en la parte resolutiva, con costas según el art. 558 del CPCCN y las de los incidentes de validez constitucional en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que atento a la forma en que se suscitan las cuestiones en autos, el Tribunal estima que debe establecerse, en primer lugar, si existe en el caso cosa juzgada derivada de la decisión de primera instancia que mandó llevar adelante la ejecución en dólares estadounidenses o su equivalente en moneda nacional con anterioridad a la entrada en vigencia de las leyes de pesificación dictadas durante la emergencia económica y financiera".

"Que habilitada la posibilidad de examinar la validez y alcance de las leyes de pesificación en los términos mencionados, los jueces Highton de Nolasco, Petracchi, Maqueda y Zaffaroni consideran que los agravios remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte Suprema en la causa L.971.XL, 'Longobardi...'".

Sobre la cosa juzgada, los jueces Lorenzetti, Highton de Nolasco, Maqueda y Zaffaroni se remitieron a la causa S.499.XXXIX "Souto de Adler", y Petracchi resolvió por aplicación del art. 280 del CPCCN.

Lorenzetti se remitió a su disidencia en "Longobardi".

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional
  • CPCCNarts. 280, 558 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Souto de Adler, Mercedes c/ Martorano, Marta TeresaCSJN · 14/08/2007
  • Longobardi, Irene Gwendoline y otros c/ Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.CSJN · 18/12/2007

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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