JurisprudenciaARG
Corte Suprema

PACHECO LUIS FIDEL c/ D.G.I. s/AMPARO

El actor promovió amparo contra la AFIP para que se declare condonada la sanción de clausura y multa que le fuera impuesta por no emitir comprobantes mediante controlador fiscal. La Procuración General dictaminó que corresponde revocar la sentencia de la Cámara Federal de La Plata que había declarado condonadas las sanciones, por cuanto la resolución administrativa había quedado firme antes de la entrada en vigencia del decreto 93/00.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 898. XXXVI. REX
Condonacion de sanciones Decreto 93/00 Consolidacion tributaria Sancion de clausura Controlador fiscal Firmeza del acto administrativo Ley 11.683 Infracciones formales Recurso extraordinario Afip

¿Quién es el actor?

Luis Fidel Pacheco, titular de una estación de servicio.

¿A quién se demanda?

Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Que se declare condonada la sanción de clausura por tres días y multa de $300 impuesta por infracción al art. 40 de la ley 11.683 (no emisión de comprobantes mediante controlador fiscal), y que se suspenda su ejecución.

¿Qué se resolvió?

La Procuración General dictamina que corresponde revocar la sentencia de fs. 45 en cuanto fue materia de recurso extraordinario. Esta decisión no es todavía resolución de la Corte, sino el criterio del dictamen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El citado beneficio fue otorgado a condición de que las sanciones no se encontraran firmes. Así surge tanto del art. 5°, inc. a, del decreto en estudio, como también del primer párrafo del art. 7°..."

"...al no haber recurrido el acto que le impuso tal sanción -como lo reconoce dicha parte-, ésta se encontraba firme antes de la entrada en vigor del decreto en el cual pretende fundar su derecho."

"...ésta quedó firme y consentida a los cinco días hábiles judiciales siguientes... y, por ende, fuera del ámbito de aplicación del decreto 93/00, publicado en el Boletín Oficial... el 27 de enero de 2000."

Se distingue de los precedentes "Méndez" y "Barletta" (del 14/09/2000), donde no existía resolución firme al momento del beneficio.

Normas que cita

  • Ley 11.683arts. 40, 77, 78, 4, 165 · Procedimiento fiscal
  • Decreto 93arts. 1, 5, 7
  • CPCCNart. 165 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Decreto 493art. 1

Fallos que cita

  • Méndez, Virginia Licia s/ recurso de apelaciónCSJN · 14/09/2000

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