SANGUINETI EMMA AMELIA Y OTROS c/ MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES Y OTRO s/COBRO DE SUMAS DE DINERO
La Procuración General dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja y revocar la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que había admitido el reclamo de diferencias salariales de funcionarios de la ex Justicia Municipal de Faltas. El dictamen sostiene que el fallo es arbitrario por haber resuelto el conflicto solo mediante la teoría de los actos propios, sin considerar los argumentos defensivos de la Municipalidad.
¿Quién es el actor?
Emma Amelia Sanguinetti y otros funcionarios de la ex Justicia Municipal de Faltas.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de diferencias salariales derivadas del incumplimiento de la acordada 126/92 de la Cámara de Apelaciones de Faltas, que dispuso incrementar a partir del 1° de abril de 1992 el suplemento mensual no remunerativo instituido por la acordada 7039/91.
¿Qué se resolvió?
la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil (Sala K) confirmó la sentencia de primera instancia que admitió la demanda, fundándose en la teoría de los actos propios. La Procuración General opina que corresponde revocar esa sentencia por arbitrariedad y devolver las actuaciones para que se dicte una nueva.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Sobre tales bases, entiendo que asiste razón al apelante cuando sostiene que el fallo recurrido es pasible de ser descalificado por aplicación de la doctrina de arbitrariedad de sentencias, en la medida que el a quo se limitó a resolver el conflicto mediante la teoría de los actos propios, con fundamento en que la ex municipalidad reconoció su error al abonar a los actores los importes de la acordada 7039/91."
"A mi modo de ver, la decisión no satisface la exigencia de presentarse como una derivación razonada del derecho vigente con particular aplicación a las circunstancias de la causa, porque la correcta dilucidación de la controversia suscitada entre las partes requería, de modo ineludible, en mi concepto, el examen de las cuestiones propuestas por la demandada."
"...la teoría de los actos propios no puede ser aplicada de la misma forma para resolver conflictos entre particulares y entre éstos y la administración, porque son otros los principios y las normas que regulan su conducta."
Se señala además que la demandada alegó que la competencia para fijar retribuciones correspondía al intendente municipal (decreto 3544/91, ley 19.987) y no a la Cámara de Apelaciones de Faltas, y que el a quo omitió tratar esos planteos, lo que priva de fundamento a la decisión. Se concluye que existe relación directa con las garantías de defensa en juicio y propiedad (art. 15 de la ley 48).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 19.987art. 56 · Municipalidad de la ciudad de buenos aires
- Decreto 3544 (Caba)
- Acordada 126 (Caba)
- Acordada 7039 (Caba)
- Acordada 193 (Caba)
- Acordada 645 (Caba)
- Constitución Nacionalart. 15 ley 48
- Ley 48
Fallos que cita
- De la Cárcova, Tiburcio c/ Municipalidad de la Ciudad de Buenos AiresCSJN · 09/04/2001 · Fallos 322:2415
- Fallos 322:2914CSJN
- Fallos 316:2464CSJN
- Fallos 322:2755CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.