JurisprudenciaARG
Corte Suprema

LAQUIS LUIS MARIA c/ LINEA 146 COPLA s/ORDINARIO

El actor promovió demanda ordinaria por daños derivados de un accidente de tránsito contra la empresa de transporte y su aseguradora, reclamando la indemnización correspondiente. La Corte Suprema revocó la decisión apelada y concluyó que la franquicia pactada en el contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, por lo que la condena no puede ejecutarse contra la aseguradora más allá de los límites contractuales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
L. 2. XLIV. REX
Franquicia Seguro obligatorio Oponibilidad al tercero damnificado Limites de la contratacion Recurso extraordinario Accidente de transito Ejecucion de sentencia Aseguradora Art. 16 ley 48 Remision a precedentes.

¿Quién es el actor?

Luis María Laquis.

¿A quién se demanda?

Línea 146 COPLA Limitada, representada por la Dra. María Patricia Castillo, y la aseguradora Sastre Cooperativa (la sentencia la identifica como "Sastreia Cooperativa" en la carátula).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo indemnizatorio en juicio ordinario.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró formalmente admisible el recurso extraordinario, revocó la sentencia apelada y estableció que la franquicia del contrato de seguro es oponible al tercero damnificado, de modo que la sentencia no podrá ejecutarse contra la aseguradora sino en los límites de la contratación. Costas a cargo de la parte vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

el fallo es de remisión. Expresa textualmente: "Que los agravios del recurrente remiten al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas en las causas V.389.XLIII 'Villareal, Daniel Alberto c/ Fernández Andrés Alejandro' y O.166.XLIII 'Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otros', falladas el 4 de marzo de 2008, cuyas consideraciones se dan por reproducidas." Y concluye: "corresponde admitir que la franquicia prevista en el contrato de seguro celebrado entre la compañía de seguros y el asegurado es oponible al tercero damnificado y que la sentencia no podrá ser ejecutada contra la aseguradora sino en los límites de la contratación (conf. art. 16, segunda parte, ley 48)."

Normas que cita

  • Ley 48art. 16 · Justicia nacional

Fallos que cita

  • Villareal, Daniel Alberto c/ Fernández Andrés AlejandroCSJN · 04/03/2008
  • Obarrio, María Pía c/ Microómnibus Norte S.A. y otrosCSJN · 04/03/2008

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.