JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ALBANO NELSON DOMINGO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó el reajuste de su haber previsional por movilidad entre abril de 1995 y fines de 2006 contra la ANSeS. La Corte Suprema declaró desierto el recurso de la ANSeS, admitió los recursos del actor y del Ministerio Público, revocó la sentencia apelada y dispuso que la movilidad se practique conforme al índice fijado en el precedente Badaro, salvo que los aumentos por decreto arrojaran una prestación superior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 489. XXXIX. ROR
Movilidad previsional Reajuste de haberes Anses Ley 26.153 Precedente badaro Precedente sanchez Tasa pasiva de interes Recurso ordinario Incrementos por decreto Seguridad social

¿Quién es el actor?

Nelson Domingo Albano.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, en particular la actualización por movilidad del haber a partir de abril de 1995 hasta fines de 2006.

¿Qué se resolvió?

declarar desierto el recurso ordinario de la ANSeS; declarar procedentes los recursos del actor y del Ministerio Público; ordenar el cumplimiento de la sentencia en el plazo del art. 2° de la ley 26.153; revocar la sentencia apelada con el alcance del precedente "Sánchez"; y disponer que la movilidad del período indicado en el fallo "Badaro" se practique según el índice allí fijado, salvo que los incrementos dispuestos por decretos del Poder Ejecutivo en el mismo período arrojen una prestación superior, caso en el que deberá estarse a ese resultado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 2°: "Que las objeciones del titular vinculadas con la necesidad de revisar el criterio fijado en el fallo 'Chocobar', suscitan el examen de cuestiones sustancialmente análogas a las resueltas por esta Corte en el precedente 'Sánchez' (Fallos: 328:1602 y 2833), por lo que deberá estarse a lo allí resuelto."

Considerando 3°: "Que los agravios del demandante atinentes al reajuste de haberes solicitado a partir del mes de abril de 1995 hasta fines del año 2006, resultan procedentes de acuerdo con lo resuelto por el Tribunal en la causa B.675.XLI 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencias de fechas 8 de agosto de 2006 y 26 de noviembre de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitir por razón de brevedad, sin perjuicio de que al practicar la liquidación se descuenten las sumas que pudieran haberse percibido en virtud de los decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron incrementos en las prestaciones en el período indicado."

Considerando 4°: "Que las críticas del organismo previsional que se dirigen a objetar la tasa pasiva de interés, deben ser desestimadas pues no guardan relación con lo resuelto, solución que cabe extender a los restantes cuestionamientos que, por no referirse a aspectos específicos del fallo apelado, carecen del requisito de fundamentación."

Considerando 5°: "Que deviene abstracto el tratamiento de las impugnaciones del Ministerio Público relacionadas con el art. 23 de la ley 24.463, pues dicha norma ha sido derogada por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia del último cuerpo legal citado el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 2°)."

Normas que cita

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 328:1602
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.