JurisprudenciaARG
Corte Suprema

ROMERO ALICIA c/ PEN LEY 25561 DTO 1570/01 214/02 s/AMPARO

La Corte Suprema declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto la sentencia apelada y reconoció a la actora el derecho a obtener el reintegro de su depósito bancario convertido a pesos, ajustado por CER más interés del 4% anual, remitiéndose a los precedentes Massa y Kujarchuk en materia de corralito.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 1482. XL. REX
Corralito Depositos bancarios Pesificacion Ley 25.561 Decreto 1570/01 Decreto 214/02 Cer Conversion a pesos Reintegro de depositos Costas.

¿Quién es el actor?

Alicia Romero.

¿A quién se demanda?

Poder Ejecutivo Nacional (Ley 25.561, decretos 1570/01 y 214/02); el Banco Central de la República Argentina, el Estado Nacional y Citibank N.A. interpusieron los recursos extraordinarios.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reintegro de depósitos bancarios reprogramados ("corralito") tras la conversión a pesos dispuesta por la normativa cuestionada.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos extraordinarios, dejó sin efecto la sentencia apelada y reconoció a la actora el derecho a obtener del banco el reintegro de su depósito convertido a $1,40 por dólar, ajustado por CER hasta el pago, más interés del 4% anual no capitalizable, con imputación de los pagos a cuenta y de las sumas entregadas por cautelares. Las costas de esta instancia se distribuyen en el orden causado; las de las instancias anteriores se mantienen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas a las tratadas y resueltas, en la causa M.2771.XLI 'Massa, Juan Agustín c/ Poder Ejecutivo Nacional dtos. 1570/01 y otro s/ amparo ley 16.986', sentencia del 27 de diciembre de 2006 (Fallos: 329:5913), a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitir en razón de brevedad." Asimismo, el juez Fayt se remitió a sus consideraciones en "Piriz, María Marcela c/ P.E.N." (Fallos: 330:331). El reconocimiento del derecho se efectúa "con el límite pecuniario que resulta de lo decidido por la cámara, y con exclusión de los supuestos en que la obligación emergente de los contratos de depósito se hubiese extinguido a raíz de su canje por Bonos del Estado o por haberse aplicado su importe a fines específicos previstos normativamente, tales como la cancelación de deudas con el sistema financiero, adquisición de inmuebles o automóviles."

Normas que cita

Fallos que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.