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Corte Suprema

PATOCO ANIBAL NICOLAS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió reclamo contra la ANSeS por reajustes de su haber jubilatorio, con fundamento en el derecho a la movilidad previsional. La Corte Suprema admitió el recurso extraordinario y modificó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social, aplicando los lineamientos del precedente Badaro y descontando las sumas percibidas por los reajustes dispuestos por decreto entre 2002 y 2006.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 375. XLIII. REX
Movilidad jubilatoria Haber previsional Reajustes Anses Precedente badaro Recurso extraordinario Redeterminacion de haberes Ley 24.463 Crisis 2002 Derecho a la seguridad social

¿Quién es el actor?

Aníbal Nicolás Patoco.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios de haberes jubilatorios, en particular la movilidad de los haberes devengados con posterioridad al 11 de abril de 1995.

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró admisible el recurso extraordinario y, con el alcance indicado en el precedente "Badaro", modificó la sentencia de fs. 70/72. Se remite a los fundamentos de "Badaro" por razones de brevedad, con la salvedad de que en la liquidación se descuenten las sumas percibidas en virtud de decretos del Poder Ejecutivo que dispusieron reajustes entre el 1 de enero de 2002 y el 31 de diciembre de 2006.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...en resguardo del derecho de defensa esta Corte dispuso oír a las partes y porque las prescripciones de los arts. 45 a 51 de la ley 26.198 podrían tener incidencia en la resolución de los temas debatidos en la presente causa... se encuentra en condiciones de resolver sobre el fondo del asunto y hacer mérito de las circunstancias sobrevinientes a la interposición del recurso extraordinario..."

"...conclusión particularmente válida cuando se trata de prestaciones previsionales ya deterioradas por los efectos de la crisis y cualquier dilación en decidir podría generar mayores consecuencias perjudiciales para el recurrente."

"...las cuestiones propuestas por la apelante suscitan el examen de temas sustancialmente análogos a los examinados por esta Corte en el precedente B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', con fecha 26 de noviembre de 2007, a cuyos fundamentos corresponde remitirse por razón de brevedad..."

Se resolvió sin pronunciarse expresamente sobre la inconstitucionalidad del art. 7°, inc. 2°, de la ley 24.463 planteada por el actor.

Normas que cita

  • Ley 24.463art. 7 inc. 2 · Solidaridad previsional
  • Ley 26.198art. 45 a 51 · Presupuesto general de la administracion nacional
  • Constitución Nacionalart. 14

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