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Corte Suprema

RUDNICKYJ JUAN CARLOS c/ LAMAS GUSTAVO RICARDO Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema declaró procedente la queja y el recurso extraordinario interpuesto por el ejecutado en un juicio de cobro de deuda. Revocó la resolución apelada y ordenó al juez de primera instancia fijar un plazo para que el deudor opte por cancelar el crédito conforme a la ley 26.167.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 34. XLIV. RHE
Ejecucion de sentencia Ley 26.167 Recurso extraordinario Queja Deudor ejecutado Cancelacion de credito Plazo para opcion de pago Costas en el orden causado Remision a precedente Estado deudor

Actor (acreedor): Juan Carlos Rudnickyj.

Demandado (ejecutado/deudor): Gustavo Ricardo Lamas.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de un crédito reconocido en sentencia, en el marco de la ley 26.167.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, se declaró procedente la queja y formalmente admisible el recurso extraordinario; se revocó la resolución apelada y se dispuso que el juez de primera instancia fije un plazo (no mayor a 30 días) para que el deudor manifieste si opta por cancelar el crédito en la forma indicada, a fin de cumplir los actos previstos en la ley 26.167; de no hacerlo, la ejecución continúa por las normas procesales. Costas del incidente y de esta instancia en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

la Corte remite, por razón de brevedad, a los fundamentos de la causa B.1160.XLII "Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntín, Carlos Alberto y otro" (fallada el 29 de abril de 2008), por considerar que las cuestiones planteadas son sustancialmente análogas. El juez Petracchi se remite a su disidencia en dicha causa, por lo que su postura no integra la mayoría. Como fundamento textual, el tribunal expresa: "Que las cuestiones planteadas resultan sustancialmente análogas a las resueltas por el Tribunal en la causa B.1160.XLII 'Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntín, Carlos Alberto y otro', fallada el 29 de abril de 2008, cuyos fundamentos corresponde dar por reproducidos por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 26.167Emergencia publica
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • Baschi, Ferruccio y otro c/ Guntín, Carlos Alberto y otroCSJN · 29/04/2008

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