ALPARGATAS SAIC s/S/CONCURSO PREVENTIVO S/INCIDENTE DE REVISION POR ALDACO JOSE LUIS
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Nacional de Apelaciones en el incidente de revisión promovido por José Luis Aldaco en el concurso preventivo de Alpargatas SAIC. Aplicando su doctrina de la causa Souto de Adler, resolvió que el art. 11 de la ley 25.561 no alcanza a los acuerdos y sentencias firmes anteriores a la emergencia, y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento conforme a ese criterio.
Actor (recurrente): Alpargatas SAIC (concursada), por derecho propio, representada por la Dra. Gabriela Manrique.
Demandado (contraparte): José Luis Aldaco, por derecho propio.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
incidente de revisión en el concurso preventivo de Alpargatas SAIC, en el que se discute la aplicación de las normas de emergencia (art. 11 de la ley 25.561, texto según ley 25.820) a créditos reconocidos por acuerdo o sentencia firme previos a la emergencia.
¿Qué se resolvió?
se declaró procedente el recurso extraordinario, se revocó la sentencia apelada con el alcance indicado, se impusieron las costas en el orden causado por el carácter novedoso de la cuestión y se devolvieron los autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Corte remite, por razones de brevedad, a lo establecido en la causa S.499.XXXIX "Souto de Adler, Mercedes c/ Martorano, Marta Teresa" (fallada el 14 de agosto de 2007, considerandos 9° a 12), donde fijó el sentido y alcance del art. 11 de la ley 25.561 respecto de la aplicación de las normas de emergencia a acuerdos privados y/o sentencias judiciales celebrados o firmes con anterioridad a su entrada en vigencia. La decisión se adoptó de conformidad con el dictamen del Procurador General de la Nación.
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Normas que cita
- Ley 25.561art. 11 · Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 25.820art. 3 · Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
Fallos que cita
- Souto de Adler, Mercedes c/ Martorano, Marta TeresaCSJN · 14/08/2007
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